Secciones
Servicios
Destacamos
La legalidad de los indultos a los dirigentes del 'procés' catalán vuelve a proyectar en el Tribunal Supremo para sorpresa del Gobierno. Pese a que todo parecía cerrado desde el pasado 20 de enero, cuando una sección de la Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo) ... inadmitió los recursos de PP, Vox o Ciudadanos por carecer de interés legítimo para impugnar la decisión del Ejecutivo, tomada por cuestión de «utilidad pública», una nueva resolución conocida este martes ha cambiado radicalmente el horizonte de los reales decretos que sustentaron la medida de gracia.
Esta corrección del Supremo se produce después de que el órgano que revisa las decisiones del Consejo de Ministros cambiara su composición con respecto a los magistrados que se pronunciaron hace solo tres meses. Entonces, sus integrantes señalaron por mayoría que es «abrumadora» la jurisprudencia que declara que «no concurre con carácter general» la legitimación activa de los partidos políticos para recurrir los indultos, salvo en aquellas actuaciones «que afecten a la esfera de sus derechos e intereses legítimos».
Pese a esta negativa, los apelantes siguieron impugnando también en reposición, unos recursos que fueron los que este martes contestó el tribunal de la Sección Quinta de lo Contencioso, aunque con un resultado opuesto al de enero: tres votos frente a dos.
Noticia Relacionada
Este vuelco en la mayoría se produjo gracias a la presencia de la magistrada conservadora Inés Huerta, quien sustituyó a su compañera Ángeles Huet. Este movimiento se debe a una cuestión prefijada que tiene que ver con el funcionamiento habitual de la Sala Tercera y no obedece a ningún cambio 'ad hoc', según recordaron fuentes del alto tribunal.
Por lo tanto, el cambio de paso sobre los indultos parciales a los nueve dirigentes independentistas condenados a prisión supone la continuación de los procedimientos y entrar en el fondo del asunto. Además, pospone al trámite de sentencia el pronunciamiento definitivo sobre la falta de legitimación o no de los recurrentes, planteada por la Abogacía del Estado en defensa de los intereses del Ejecutivo.
Octavio Herrero. Es el más veterano de la Sala de lo Contencioso, a donde llegó en 2004.
Wenceslao Olea. Llegó al Supremo en marzo de 2013 con los votos de los vocales del CGPJ nombrados por el PP.
Fernando Román. El ex número dos de Ruiz-Gallardón en Justicia entró en el alto tribunal en enero de 2018.
Ángel Arozamena. Ex alto cargo en dos gobiernos socialistas, fue elegido magistrado del Supremo en abril de 2014.
Inés Huerta. Décima mujer en llegar el alto tribunal, fue respaldada por 16 de los 20 vocales del CGPJ en 2014.
La lista de partidos, colectivos y particulares que recurrieron está formada por Convivencia Cívica Catalana; los dirigentes de Ciudadanos Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo-Saavedra; las formaciones Vox y PP; los diputados y exdiputados autonómicos populares Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Roldán; el exdelegado del Gobierno Enric Milló; o la asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, cuyo recurso fue rechazado este martes por unanimidad. El contenido de los autos se conocerá en los próximos días y tendrá dos votos particulares.
Esta nueva decisión del Supremo se aleja así de la anterior jurisprudencia que respaldó la potestad del Gobierno a la hora de conceder la medida de gracia, pese a contar con el criterio contrario del tribunal de la Sala Segunda (de lo Penal) que juzgó el 'procés' secesionista de 2017.
Más información
Ahora, el cambio de criterio solo se explica desde la variación de los magistrados que componen la Sección Quinta de lo Contencioso, con la entrada de Inés Huerta por Ángeles Huet, que ha decantado la balanza a favor de la estimación de los recursos. Huerta se ha posicionado con Fernando Román, exsecretario de Estado de Justicia con el PP, y Wenceslao Olea frente a Octavio Herrero y Ángel Arozamena, que a su vez sustituyó a Segundo Menéndez por su jubilación.
Sobre el cambio de jueces, desde la reforma del recurso de casación en 2015 los integrantes de las cinco secciones de la Sala de lo Contencioso rotan cada seis meses para integrar la Sección Primera, llamada Sala de Admisión de recursos, que se encarga de repartir los asuntos entre los distintos órganos. Ello supone la salida de unos magistrados de sus respectivas secciones y la entrada de otros que les sustituyen y, asimismo, la redistribución de ponencias.
De esta forma, el tribunal estudiará ahora si los indultos que suspendieron las penas de prisión al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, a los exconsejeros Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, Raül Romeva y Dolors Bassa, a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y a los activistas Jordi Cuixart y Jordi Sànchez fueron ajustados a Derecho.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
98 puntos Parker: ¿Cómo funcionan las puntuaciones de los vinos?
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.