Lo sucedido el 28 de octubre de 2013, aquel mortal escape de gas grisú que costó la vida a seis mineros en el Pozo Emilio, fue un hecho imprevisible, inevitable y totalemnte sorprendente o, en realidad, la mina ya estaba dando avisos de su ... peligrosa situación y advertía de un inminente desenlace.
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Esa es una parte nuclear en el extenso juicio que ahora se sigue en los Juzgados de León para esclarecer lo que ocurrió en aquel instante fatal. Las víctimas de la 'explosión' de grisú (en realidad un bufido mortal) a casi 700 metros de profundidad resultaron fulminadas por 'anoxia oxipriva', una brutal desaparición de un ambiente respirable.
Tan fulminante fue aquel instante que ni tan siquiera tuvieron tiempo para utilizar sus autorescatadores, un dispositivo de protección respiratoria personal con oxígeno ligado químicamente con un circuito respiratorio cerrado, que se utiliza para escapar de atmósferas irrespirables.
En detalle
Ahora, acusaciones y defensas intentan delimitar no solo la responsabilidad de las partes en el accidente sino las causas que provocaron el mismo. Fue el último gran accidente minero en España y las preguntas se acumulan sobre la mesa de la juez titular sin respuesta final.
Las comparecencias testificales en sala de los acusados, y con posterioridad los testigos, irán desgranando el entorno laboral de aquella explotación, las medidas de seguridad y las posibilidades reales de que todo lo sucedido hubiera podido ser evitable.
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En ese desarrollo algunos apuntes adquieren un valor notable. El 13 de diciembre de 2013, 46 días después del mortal accidente, prestaba declaración ante el Servicio de Minas el trabajador Manuel Ángel de Castro Domínguez, con categoría de barrenista en la citada explotación.
En la misma asegura que en la fecha del accidente estaba destinado a la explotación 'Grupo Competidora' del Pozo Emilio del Valle.
«La semana del 21 al 28 estuve destinado en la planta Sexta Este, desarrollando mi trabajo normal, sin ningún incidente reseñable», remarca en su narración.
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El juicio
Para advertir a continuación que «la noche del 28 de octubre los trabajadores de la planta Séptima Este tuvieron que salir al menos tres veces hasta el transversal porque se sentía hundir».
«Se sentía hundir», resaltan desde las acusaciones. «Me contaban que se oía como que se estuviera resquebrajando algo», añade en su testimonio. «Cuando dieron fuego esa noche no salió gas por la galería como era habitual», concluye.
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Para algunos letrados esa sensación de que «algo» estaba pasando debería haber sido el detonante de una explotación minuciosa del tajo, algo que según advierten no sucedió. Hay abogados que van más allá: «Cómo iba a realizarse una exploración más minuciosa cuando resulta que en el Plan de Prevención Laboral en la valoración de riesgo no existía nada de invación de grisú ni contacto con sustancias nocivas y tóxicas».
Insisten en que ese apartado (casilla 18) debería estar señalado específicamente, pero no era así: «Si no estaba valorado el riesgo no existe ningún tipo de medida preventiva en el Plan de Prevención», concluyen.
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Sí es cierto que la Hullera tenía unas Disposiciones Internas (DIS) pero para las acusaciones su existencia no exime de la obligación de cumplir con el conjunto de la materia preventiva.
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