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Situación del edificio situado en la calle Herreros hace unas semanas. A.P.C.
El ayuntamiento da el primer paso para que el edificio de Herreros 9 sea demolido

El ayuntamiento da el primer paso para que el edificio de Herreros 9 sea demolido

Esta semana ha sido declarado en ruina tras cumplirse plazos sin que los propietarios se hayan hecho cargo de la situación del inmueble aunque ahora disponen de un plazo para recurrir esta decisión

Martes, 22 de abril 2025, 17:54

Días después de que su estado, cortando un tramo de calle, haya modificado el recorrido de varias procesiones además del de los peregrinos del Camino de Santiago, el inmueble en mal estado en el número nueve de la calle Herreros ha sido declarado en ruina por el Ayuntamiento de León.

Es el primer paso para solucionar un problema que persiste desde que a finales de enero se desprendiese parte de su fachada provocando un corte total por seguridad que los vecinos empezaron a saltarse hasta que el consistorio reiteró su decisión y el corte lleva semanas siendo totalmente efectivo.

La declaración de ruina llega tras la Semana Santa y después de intentar ser notificada por otros cauces al propietario o propietarios del edificio, se ha publicado en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Contra dicha resolución, por poner fin a la vía administrativa, se informa de que se puede interponer recurso de reposición ante el Concejal Delegado de Desarrollo Urbano, en el plazo de un mes contado desde la recepción de la presente notificación. Dicho recurso se entenderá desestimado si transcurre el plazo de un mes desde su presentación, sin que a la propiedad le sea notificada resolución alguna.

No es el único plazo, porque en los dos meses siguientes al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, o en el de seis meses desde que se entienda desestimado este recurso, si la Administración no lo resolviera expresamente, podrá el propietario interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo de León.

El recurso contencioso administrativo podrá asimismo interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde la notificación de la presente resolución, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime oportuno ejercitar.

Muchos procedimientos que, de llevarse a cabo, pueden dilatar aún más las solución para un inmueble que lleva casi tres meses dando muchos quebraderos de cabeza a vecinos y comerciantes de la zona, así como a las administraciones.

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