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El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Pedro González-Trevijano, ponente del recurso interpuesto por Vox contra el primer estado de alarma activado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, ha propuesto a la corte declarar inconstitucional el decreto y sus prórrogas que mantuvieron confinados en ... sus domicilios a los españoles a partir del 14 de marzo de 2020. El magistrado considerara que un recorte de derechos fundamentales de esta envergadura (en particular el encierro domiciliario) solo hubiera tenido amparo en un estado de excepción, tal y como alegaba el partido de Santiago Abascal.
La propuesta de González-Trevijano, adelantada por 'El Español' y confirmada por fuentes judiciales de toda solvencia, será analizada a partir del 22 de junio por el pleno de la corte, coincidiendo con el primer aniversario del fin de ese primer estado de alarma de 98 días, que se prorrogó desde ese 14 de marzo al 21 de junio de 2020.
En su escrito, redactado por la diputada Macarena Olona y firmado por los 52 parlamentarios de Vox en el Congreso, el partido alegaba que el «estado de alarma no permite la suspensión de los derechos del Título I» de la Constitución, sobre los derechos y deberes fundamentales de los españoles, ni «restricción alguna sobre la libertad de residencia». De este modo, defendía que solo en los estados de excepción o de sitio cabe acordar suspender los derechos que establece el artículo 19 de la Carta Magna, esto es, el de elección de residencia, el de circulación por el territorio nacional y el de salir y entrar en el territorio nacional.
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En su recurso, la formación de Abascal insistía en que el Gobierno había usado de «forma abusiva e inapropiada» la figura del estado de alarma «con clara vulneración de las libertades públicas de los españoles». Vox señalaba que con el estado de alarma solo cabía la restricción a la libre circulación y acusaba al Gobierno haber soslayado el estado de excepción «porque para ello tendría que haber acudido al Congreso y contar cuál era su proyecto».
El recurso que fue presentado a finales de abril del pasado año cuando todavía estaba en vigor aquel estado de alarma aunque el Gobierno comenzaba por entonces a abrir la mano y a dejar pasear por tiempo limitado en el exterior. Vox, a la largo del confinamiento extremo fue cambiando de opinión. Al inicio votó a favor de la primera prórroga tras reclamar de forma insistente ese estado de alarma, pero luego votó en contra de las siguientes.
De acuerdo con fuentes cercanas al Constitucional, en esencia el ponente hace suyos los argumentos que en su día adujo Olona, aunque recalcan desde el tribunal que ello no significa ni mucho menos que este borrador «anticipe» un voto afirmativo del pleno a esta cuestión tan peliaguda y cuya resolución llega con retraso.
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Y es que el Constitucional tenía previsto haber resuelto el recurso de Vox contra aquel primer estado de alarma hace semanas, pero que este proceso se ha demorado porque en principio la ponencia recayó en el magistrado Fernando Valdés, quien abandonó el TC a cuenta de la causa judicial que tiene abierta en el Tribunal Supremo por un delito de malos tratos en el ámbito familiar contra su mujer. Cuando Valdés se marchó del tribunal ya tenía prácticamente redactada una ponencia que, sin embargo, González-Trevijano prefirió empezar de nuevo de cero.
El nuevo ponente –explican fuentes jurídicas- quiso dejar su impronta en un texto que sabe que podría tener un gran calado. No por las consecuencias jurídicas, ya que hará más de un año que acabó aquel estado de alarma, sino porque es consciente de que la sentencia del Constitucional marcará los límites para futuros estados de alarma, ya que jamás antes la aplicación generalizada en todo el país de esta legislación extraordinaria había llegado a la corte de garantías, puesto que solo una vez antes de la pandemia, durante la crisis de los controladores de 2010, se había activado este mecanismo.
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