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El taxista fugado en León podría enfrentarse a penas «de hasta 10 años de prisión»

El taxista fugado en León podría enfrentarse a penas «de hasta 10 años de prisión»

El hombre, protagonista de diferentes persecuciones en León, es el presunto autor de delitos contra la seguridad vial y resistencia a la autoridad, entre otros

N.C.

Viernes, 6 de septiembre 2024, 08:15

Delito contra el honor, la intimidad y la propia imagen de menores de edad, conducción temeraria manifiesta, resistencia a la autoridad... estas son solo algunos de los presuntos delitos que se atribuyen y por los que ha prestado declaración en la tarde del jueves 5 de septiembre en la Comisaría de la Policía Nacional de San Andrés del Rabanedo.

Uno de los delitos que se le imputan es grabar a menores sin el consentimiento de sus padres y tutores y subir posteriormente las imágenes a Internet. Este delito, mencionado en el artículo 197 del Código Penal, puede suponer «hasta los 5 años de prisión», ya que cuenta con el «agravante de la edad de las personas filmadas y los términos utilizados en el vídeo», según ha explicado la abogada penalista Beatriz Llamas a este medio.

Hasta 2 años de cárcel por conducción temeraria

Otro de los delitos atribuídos al ya conocido como 'taxista fugado' de León es la conducción temeraria manifiesta. Como se puede ver en las decenas de vídeos compartidos en sus redes sociales, así como en las diferentes persecuciones llevadas a cabo en la capital, el hombre ha conducido «con temeridad manifiesta poniendo en peligro la vida y la integridad de las personas».

Este delito viene especificado en el artículo 380 del Código Penal, y conlleva penas de prisión de 6 meses a 2 años y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo entre 1 y 6 años, unido a multas «muy altas» que podrían alcanzar «hasta los 10.000 euros», según ha explicado la abogada penalista.

Hasta 4 años por agredir a la autoridad

El delito de atentado contra la autoridad es otro de los que se atribuyen, considerado como «agredir con intimidación grave o violencia (...) a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones». Este hecho, tipificado en el artículo 550 del Código Penal, «será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses».

Estas son solo algunas de las penas por las que prestará declaración que, sumadas, podrían suponer «hasta 8 o 10 años de prisión», según ha adelantado la abogada penalista Beatriz Llamas.

Por el momento, se continúan recabando datos sobre los presuntos delitos que se le atribuyen, de forma previa a pasar a disposición judicial, según informaba el jueves la Delegación del Gobierno en Castilla y León.

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