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Más de un millar de edificios de la ciudad de León deberán someterse durante este año 2025 a la Inspección Técnica de Edificios (ITE). El Ayuntamiento de León ha publicado el listado de inmuebles que tendrán que superar este trámite y que se elevan a 1087.
El acta, que data del 27 de septiembre de 2025, ha sido publicado de forma oficial después de haberse alcanzado este acuerdo por unanimidad después del informe realizado por el servicio de Licencias y Fomento de la Edificación del Ayuntamiento de León.
Este número ha aumentado de forma notable respecto a años anteriores. En comparación con 2024, el número de edificios que tienen que superar la ITE ha aumentado un 65%, pasando de 660 a los 1087 obligados en 2025.
Es un número sensiblemente superior también al de los últimos ejercicios: en 2023, este padrón de inmuebles lo conformaban 806 edificios por los 530 de 2022, menos de la mitad de los que están llamados a superar la inspección en el año actual.
Los plazos para realizar esta ITE se extienden durante todo el año 2025, teniendo como fecha tope para la presentación de la documentación pertinente el día 31 de enero de 2026.
En ella se indica que los propietarios de los edificios deben efectuar esta primera inspección técnica dentro del año siguiente a aquel en el que se cumplan los cuarenta años desde que se finalizara la construcción del inmueble o las obras de rehabilitación del mismo. A partir de ese momento, las inspecciones se realizarán cada diez años.
Para facilitar el cumplimiento de esta tarea, el Ayuntamiento de León elabora este padrón, que se expone de forma pública para que sea conocido por todos los propietarios.
En el caso de que el informe sea desfavorable, se realizará una descripción de las medidas inmediatas a adoptar para garantizar la seguridad del edificio, una descripción priorizada de las obras de subsanación de las deficiencias y las pruebas realizadas para determinar el proceso patológico que afecta al edificio.
Los propietarios se exponen a sanciones si no cumplen con la normativa. En primer lugar, el Ayuntamiento puede abrir un proceso sancionador por la comisión de una infracción urbanística leve si se persiste en el incumplimiento en la presentación de la inspección que podría llegar a 3.000 euros de multa.
Si estas obligaciones se subsanan voluntariamente tras el primer requerimiento formulado por el órgano competente, la cuantía se reducirá a 600 euros, según recoge el artículo 348 del Decreto 22/2004 de 29 de enero.
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