Crimen de Cembranos
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Crimen de Cembranos
Los acusados son declarados «culpables por unanimidad» de asesinato con alevosía y ensañamientoEl jurado popular ha determinado que los acusados MM.G. y FM.V.R. son «culpables por unanimidad» de asesinato con alevosía y ensañamiento.
El jurado considera «probado por unanimidad» que ambos acusados forzaron a la víctima a salir del coche en la vivienda y a «agredieron brutalmente» en la vivienda. Además, aseguran que «de común acuerdo» los dos acusados cubrieron a la víctima con cinta y una colcha.
Este hecho también es «probado por unanimidad» que la víctima murió por la asfixia que la provocó la colcha y la cinta que la víctima tenía en cabeza le impedía respirar, así como una fuerza externa que bloqueó su boca.
Estas han sido algunas de las conclusiones extraídas por el jurado popular tras la entrega del objeto del veredicto a primera hora del martes 21 de enero, tras seis sesiones de juicio que se han celebrado en la Audiencia Provincial de León.
Así mismo han considerado «probados» que el acusado recogió a la víctima y a la acusada, con la que había mantenido una relación, a la finca que tenía en Cembranos y en la consumieron alcohol y cocaína, además de tener relaciones sexuales.
Consideran que a las 9:00 de la mañana del 17 de marzo de 2021 probado por unanimidad que «quería marcharse de la vivienda» y que avisó al taxista que fue a la vivienda y que al no localizarla llamó al acusado. En este sentido, también consideran probado por unanimidad que sonó la alarma, que el acusado dio la clave, porque la víctima quería salir de la casa.
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I. Santos
También el jurado popular consideró que estaba probado por «unanimidad» que fueron al taller los tres en el vehículo del acusado y que en torno a las 18:50 la víctima llamó a emergencia alertando que estaba en peligro. Tras darse cuenta de esta llamada, el jurado considera «por mayoría 8 a 1» que la acusada se dio cuenta de dicha llamada y la agredió en el vehículo.
Tras la llegada de la Guardia Civil a la vivienda, los miembros del jurado popular consideran probados por «unanimidad» que el acusado amenazó a la otra acusada en el caso para que se inculpase, además le dijo a los agentes que la joven de 20 años estaba «muerta y bien muerta» y que la acusada la había «matado a hostias».
En relación a las preguntas emitidas en el objeto del veredicto para determinar su fue homicidio o asesinato, el jurado considera que hubo «ensañamiento» y «alevosía» en el caso. Ya que los acusados agredieron a la víctima con «conocimiento de lo que estaban haciendo» y con la intención de «causarle el mayor daño posible».
En relación a que los acusados estuvieran bajo los efectos del alcohol y las drogas, el jurado considera «no probado» que los agresores tuvieran limitadas las facultades que pudiera ser un atenuante en la causa.
Tampoco consideran probado que si hubiera entrado la primera patrulla de la Guardia Civil en la vivienda en su llegada a la casa se pudiera encontrar con vida a la víctima.
El Ministerio Fiscal elevó de 20 a 23 años la pena de prisión por un delito de asesinato, con los agravantes de «alevosía» y «ensañamiento», para F.V.R. y MM.G.R. Por su parte, la acusación particular, ejercida por el letrado Iñaki Sevilla Gallo, a pesar de mantener una línea similar a la del Ministerio público insistió en su petición de 20 años de prisión para cada uno de los dos acusados.
El letrado que defiende a F.V.R. insiste en que la acusada no tuvo nada que ver con la muerte de la víctima. El abogado relató los algunas de las pruebas que se han visto en la sala a lo largo de los días para insistir en que su defendida no participó en la muerte de su compañera.
Chamorro reconoce que las dos mujeres «se pegaron» e insiste en que «hubo una fuerte pelea», pero mantiene que «no lo escondemos y en ningún momento lo hemos escondido ni lo negamos». Por todo ello cambió su petición de pena reconociendo ante la sala que su defendida «no participó en la muerte de YB.G.J., pero la agredió causándole lesiones, ninguna de las cuales fueron la causa de su muerte y siendo esta únicamente asfixia mecánica por sofocación».
Sí que mantuvo la petición de pena presentada en el escrito de calificaciones previa el letrado Marcos García Montes, encargado de la defensa de MM.G.R., que ya el lunes solicitó un veredicto de no culpabilidad «que terminaría con una sentencia absolutoria».
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