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Hace unos meses, Valeria conoció a su hijo. Al verle, sintió ganas de llorar; lágrimas de pura felicidad. Llevaba casi un lustro esperando ese momento, y por fin había llegado. El pequeño ya tenía 5 años y había nacido en la India, a donde ella fue a buscarlo.
La historia de esta madre adoptiva se repite día tras día. Hombres y mujeres queriendo formar una familia o dar un hogar a algún niño o niña que no lo tiene. Es ilusionante, sí, pero «la burocracia es terrible», dice Valeria.
Efectivamente, una adopción no es un trámite sencillo, y puede alargarse durante años. Repasamos algunos puntos clave de este «lento y duro» proceso, cuya recompensa «merece muchísimo la pena».
Nacional e internacional. La diferencia fundamental entre ambas está en el origen de los adoptados, así como que la primera se rige exclusivamente por la legislación española, mientras que la segunda está regulada por las leyes de los dos países implicados.
Para adoptar un niño en España se debe hacer una solicitud ante el Instituto de Servicios Sociales de la comunidad autónoma correspondiente. Allí se solicita el certificado de idoneidad, es decir, el documento que acredita que reúnen las capacidades necesarias (psicológicas, sociales y económicas) para adoptar, a fin de garantizar el completo bienestar del menor. Eso incluye, por ejemplo, presentar una serie de documentos que acrediten su situación, someterse a entrevistas y realizar un curso formativo para la adopción.
Una vez concedida la idoneidad, se les propone un menor y comienza el acogimiento familiar preadoptivo, procedimiento por el que el niño o niña pasa a vivir en casa de sus futuros padres para ver cómo se adapta. Si todo va bien, la entidad pública correspondiente propondrá la adopción plena, que tiene que ser aprobada por un juez, previo informe del fiscal, antes de inscribirla en el Registro Civil.
alicia galán
La solicitud para adoptar en el extranjero comienza en el país de los padres adoptivos y continua en el país de origen del futuro hijo. En este caso también es necesario conseguir el certificado de idoneidad y realizar el curso de formación. Para oficializar la adopción, el país extranjero debe dictar una resolución judicial. Después, los padres viajarán a dicho territorio y se encontrarán con el menor. Finalmente, será el Consulado español en el país de origen del niño quien inscriba la adopción en el Registro Civil Consular.
«La elección del país de procedencia del hijo adoptado es de los padres y depende de dos aspectos principales: los tiempos de espera, que varían dependiendo del territorio; y las posibilidades, pues hay países que no admiten, por ejemplo, la adopción por parte de parejas del mismo sexo», explica Alicia Galán, vicepresidenta de la asociación de ayuda a la adopción Afamundi, en Cantabria.
Muchas familias optan por la adopción internacional porque, generalmente, suele ser más rápida, aunque los tiempos dependen de muchos factores –las fuentes consultadas no concretan cuántos años–. «La pandemia, por ejemplo, ha contribuido a retrasar los encuentros de las adopciones internacionales, por las limitaciones de los viajes, y es cierto que las adopciones nacionales suelen tener bastantes años de espera», expresa su compañera y presidenta de Afamundi Ana Santander. «También puede ser por afinidad con el país. Por ejemplo, yo a mi segunda hija la adopté en Vietnam porque mi hijo, que también procede de allí, me dijo que quería tener una hermana de su mismo origen».
Vietnam fue, precisamente, el país con mayor número de expedientes de adopción internacional provenientes de España en 2018 (con un total de 103), seguido de India (90). Aun así, las adopciones en países extranjeros se han desplomado en los últimos años (un 90% en poco más de una década) y las nacionales ya son mayoría.
ANA SANTANDER
Sobre los tiempos de espera, Galán explica que el motivo esencial es que «la preferencia de las familias es adoptar niños de 0 a 3 años, y no hay tantos, por eso los tiempos le alargán más que si se adoptasen niños más mayores, que además es más necesario». El último boletín del Ministerio de Sanidad, de 2018 y con datos hasta 2017, contemplaba que había 6.298 familias en espera para adoptar.
Las razones para aventurarse a la adopción son variadas, pero «todas ellas albergan un mismo deseo: formar una familia», expresa Galán. Valeria, por ejemplo, lo hizo «por la dificultad de tener hijos biológicos» con su pareja, una causa común, pero no la única. «También hay familias que deciden adoptar cuando ya tienen algún hijo biológico», señala la vicepresidenta de la asociación. Lo que hay que tener en cuenta, en cualquier caso, es que los padres adoptivos tienen las mismas obligaciones y derechos que tienen los padres biológicos, y que la adopción no es reversible.
Los requisitos que recoge el artículo 175 del Código Civil para poder adoptar son: ser mayor de 25 años y que la diferencia de edad entre adoptante y adoptado sea mínimo de 16 años y máximo de 45 años. Cuando los adoptantes sean dos, será suficiente con que uno de ellos cumpla ambas exigencias. Otros aspectos que se valoran son: la situación socio-económica, la habitabilidad de la vivienda o la disponibilidad de tiempo mínimo para la educación del menor. Las distintas comunidades autónomas también establecen otros requisitos propios. Por ejemplo, en algunas de ellas es necesario vivir en la región en que se pide la adopción.
Las parejas susceptibles de adoptar en nuestro país son las heterosexuales, las homosexuales y las de hecho. También es posible la adopción monoparental. Quienes lo tienen prohibido son aquellas personas que han sido incapacitadas para ejercer la patria potestad o para ser tutor legal.
Tampoco todos los niños pueden ser adoptados. A nivel internacional, por ejemplo, son muchos menos de los que se pudiera imaginar, pues el número no se corresponde con la gran cantidad de menores que se enfrentan a serias dificultades en sus países de origen. Deben estar emancipados y cumplir alguna de estas situaciones: que sus padres hayan sido privados de la patria potestad por un juez, que sus padres presten su conformidad a la adopción o que se desconozca su filiación. Por su parte, no pueden ser adoptados los descendientes (un abuelo no pude adoptar a sus nietos) ni los parientes en segundo grado por consanguinidad o afinidad (no se puede adoptar a un hermano o a un cuñado).
A la hora de solicitar la adopción, elegir el sexo o la edad del menor no es una opción. Por otro lado, se valora negativamente rechazar la asignación de un niño por sus características físicas o su procedencia socio-familiar.
Además de todo esto, hay que tener en cuenta que el proceso de adopción no es barato. Valeria, por ejemplo, tuvo que hacer una inversión aproximada de 17.000 euros, incluyendo el viaje a la India y el alojamiento.
Tras su experiencia, sugiere algunas mejoras en el proceso de adopción. «Todas las familias coincidimos en que son importantes aquellos trámites que buscan el bien del menor pero, por desgracia, el 90% de lo que nos piden no tienen nada que ver con eso y hacen que los procesos se dilaten mucho en el tiempo», expresa. También señala la falta de empatía de las instituciones ante la adopción. «Tramitan los expedientes cual licencia urbanística, sin pensar que tras esos documentos hay niños y padres esperando empezar una convivencia que parece inalcanzable», opina.
Asimismo, manifiesta «la escasa comunicación que existe entre las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI) y los Servicios Sociales, que hace a los padres ocuparse de trámites que deberían hacer ellos», y propone «que se redacte una la ley clara en lo referente a adopción internacional, pues la actual está hecha para nacional y genera confusiones y retrasos».
Cabe destacar que saber que se es adoptado es un derecho, por lo que los padres tienen la obligación de informar sobre la adopción, pero también de ayudar al menor a entender y asimilar su historia personal.
Además, los progenitores deben saber que estos niños tienen una historia vital previa, que puede haber sido adversa y traumática, y que no desaparece con la adopción. Su labor, por tanto, debe consistir también en entender, aceptar y respetar el pasado de su hijo, así como sus características, su cultura de origen y su identidad étnica. De ser así, su integración personal, familiar y social será mucho más positiva y feliz. «Todos los menores necesitan un tiempo para adaptarse, pero la mayoría no tienen problemas», declara Galán. El conflicto que ella destaca es otro: el racismo. «No te das cuenta de cuánto hay hasta que tienes un hijo adoptivo», sostiene.
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