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La Universidad de León ha reinvertido ese dinero en investigación.
La ULE dedica 1,8 millones de euros 'extra' a la investigación a partir de la devolución del IVA

La ULE dedica 1,8 millones de euros 'extra' a la investigación por una devolución extraordinaria de IVA en los Tribunales

Un cambio de criterio en el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en el año 2018 ha permitido recuperar los pagos de este impuesto realizados

Viernes, 21 de febrero 2020, 09:02

Dentro de las labores que realiza la Universidad, cabe distinguir la labor investigadora. Muchos de estos proyectos no tienen otra finalidad que trasladar el conocimiento a la sociedad, sin ánimo de obtener contraprestación alguna derivada de los mismos servicios.

Esta forma de entender el ... trabajo de los investigadores universitarios como un bien de interés público, es el que ha llevado al Tribunal Económico Administrativo Central a cambiar de criterio sobre la exención del IVA de la misma.

Tribunal de Justicia de la UE

Este criterio, remarcado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha reafirmado que estos centros de educación superior pueden realizar funciones públicas, han permitido que la Universidad de León recupere 1,8 millones de euros, correspondientes a cuatro ejercicios fiscales, desde el 2010 al 2014. Un dinero extra que han aprovechado para reinvertirlo en más investigación.

Concretamente, el TEAC entiende que la labor realizada por el personal universitario e investigador de la ULE se sitúa al margen de las actividades empresariales o profesionales que abarca este impuesto. Dicho de otra manera, no puede calificarse de actividad empresarial a efectos del IVA, pues no existe ánimo de explotar económicamente los resultados.

Reclamación realizada en la 'etapa Hermida'

Estos 1,8 millones recuperados por la Universidad de León, en una reclamación que realizó el equipo de gobierno de José Ángel Hermida, rector entre el 2008 y el 2016, abarcan los gastos soportados en la adquisición de bienes y servicios destinados a la realización de proyectos de investigación básica que carezcan de proyección empresarial, es decir, todos los que hayan podido ser acreditados como necesarios para mejorar el renombre, la proyección académica del centro, su visibilidad o su publicidad.

Todo esto viene recogido en la resolución 00/05879/2014/00/00 del TEAC, con fecha del 25 de septiembre del 2018, que cambia las resoluciones del mismo órgano realizadas en los años 2007, 2010 y 2012.

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