La tramitación de la Política Agraria Común (PAC) de 2025 se iniciará este sábado, 1 de febrero, con la apertura del plazo para registrar la solicitud única que ganaderos y agricultores de Castilla y León deberán realizar de cara a recibir los cerca de 1.000 millones de euros que, en total, corresponden a los profesionales del sector primario de la Comunidad por cada anualidad de la actual PAC.
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Así lo anunció el viceconsejero de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural de la Junta, Jorge Llorente, durante la visita realizada a la finca Monte Rocío de la localidad vallisoletana de Villalba de los Alcores, donde también señaló que las bases del proceso serán publicadas en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) de mañana y, tras abrirse el plazo el 1 de febrero, permanecerá activo hasta el próximo 30 de abril.
La Consejería prevé recibir alrededor de 60.000 solicitudes, siendo esta la tercera campaña convocada bajo las medidas previstas en la PAC 2023-2027 y en ella se mantienen los pagos complementarios, tanto el redistributivo a las primeras hectáreas de la explotación como a los jóvenes agricultores que reúnan las condiciones establecidas, y que alcanzarán el valor medio de la ayuda a la renta de la sostenibilidad, con un límite de 100 hectáreas.
Las solicitudes se realizarán a través del programa de gestión desarrollado por la propia Consejería, donde se incluyen todas las novedades, facilitando a los profesionales, organizaciones profesionales agrarias y otras entidades colaboradoras la presentación de la documentación y reduciendo el riesgo de cometer errores al confeccionarla.
Este sistema de gestión propio ha permitido al Organismo Pagador de Castilla y León mantener, en los últimos años, una posición de liderazgo en la ejecución de pagos en el mismo año de la solicitud. En especial, tanto en 2023 como el pasado año 2024, cuando fue el único de toda España que realmente anticipó el importe completo permitido de la totalidad de las ayudas directas.
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Para obtener más información acerca de la aplicación de la campaña PAC 2025, así como todas las novedades relativas a la campaña, la Junta de Castilla y León dispone de un portal web (https://pac.jcyl.es/web/es), en el que se incluyen las aplicaciones informáticas, normativa y un espacio para consultar la información de cada explotación.
La PAC de 2025 llega con algunas novedades que afectan, principalmente, a las normas de condicionalidad y a los ecorregímenes y que dan respuesta a las demandas de flexibilidad solicitadas por el sector durante las protestas que tuvieron lugar a principios del año 2024.
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Así, en cuanto a la condicionalidad, se suprime el control en aquellas explotaciones de superficie inferior o igual a 10 hectáreas y se incluyen excepciones en el cumplimiento de la quinta de las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales en cuanto a la prohibición de laboreo de parcelas a favor de pendiente cuando esta es superior al diez por ciento. Con respecto a la sexta condición, relativa a la cobertura mínima del suelo, también se permiten labores verticales no profundas tras la recolección de los cultivos herbáceos de invierno y desaparecen las limitaciones en las superficies de barbecho.
Igualmente, se ha modificado el cumplimiento de la BCAM número 7, ya que se permite la elección entre la práctica de rotación o diversificación de cultivos. En el caso de optar por la primera, se exige que al menos el 33 por ciento de las parcelas presenten un cultivo diferente respecto al año anterior y que todas las que conformen la explotación agrícola deben cambiar de cultivo al menos cada tres años. Por ello, esta práctica debe cumplirse durante tres años consecutivos. En el caso de optar por la segunda, se mantienen las mismas condiciones de cumplimiento que el pago verde del periodo anterior, motivo por el que desde la Consejería se aconseja la diversificación. La última novedad dentro de las normas de condicionalidad atañe a la supresión de la obligación de establecer superficies de barbecho en la explotación.
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En lo que respecta a los cambios de los ecorregímenes, estos afectan a varias de las prácticas contempladas en la PAC. Una de ellas es la práctica de establecimiento de islas de biodiversidad, en la que el porcentaje sin segar será el equivalente al 4 por ciento de la superficie acogida a la práctica. Mientras, en la práctica de siega sostenible, los períodos durante los que no se podrá realizar ninguna actividad serán los comprendidos entre el 1 de mayo y el 29 de junio y entre el 3 de julio y el 31 de agosto, pudiendo escoger el beneficiario el periodo al que se acoge. Asimismo, deberá realizar al menos una actividad de siega para producción, con una frecuencia que no superará los tres cortes desde el 1 de enero hasta el inicio del periodo improductivo.
En la práctica de rotación con especies mejorantes, en las comarcas de Arévalo-Madrigal (Ávila), Salamanca y Peñaranda de Bracamonte (Salamanca), Sur (Valladolid) y Duero Bajo (Zamora), la superficie de leguminosas requerida en el secano será equivalente al 2,5 por ciento de la superficie acogida a la práctica, manteniendo el diez por ciento de cultivos mejorantes. La superficie de barbecho queda a elección del agricultor y se suprime cualquier limitación porcentual sobre la superficie acogida.
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En las superficies de cultivos leñosos en secano, para el cumplimiento de las condiciones de la práctica de cubiertas vegetales espontáneas o sembradas, se permiten, entre los meses de abril y septiembre, ambos incluidos, labores verticales poco profundas de mantenimiento, sin suponer la modificación de la estructura del suelo. También se suprime el requisito sobre la permanencia de la cubierta viva un periodo mínimo de tiempo, se permitirá el establecimiento de las cubiertas en calles alternas y, durante el período estival, que estas puedan ocupar un 20 por ciento de la anchura libre de la proyección de copa.
Finalmente, dentro de la misma práctica, en las comarcas de Arévalo-Madrigal (Ávila), Salamanca y Peñaranda de Bracamonte (Salamanca), Sur (Valladolid) y Duero Bajo (Zamora), de hasta 400 milímetros de pluviometría media, se permitirá cumplir con el objetivo mediante el establecimiento de cubiertas vegetales en todas las calles correspondientes al 50 por ciento de la superficie declarada.
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Además, se establecen nuevos requisitos para el acceso a la reserva en caso de socios trabajadores de cooperativas, así como sanciones por extracción de agua para regadíos sin un título jurídico habilitante.
Además de las novedades normativas incorporadas en los reales decretos, que se incorporan en la Orden específica de la Consejería, hay cuestiones concretas que se contemplan en la norma autonómica y que tienen un carácter más relacionado con el ámbito geográfico de la Comunidad.
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En esta convocatoria se mantiene la medida FEADER (Fondos Europeos Agrarios de Desarrollo Rural) relativa a las ayudas a las explotaciones ubicadas en zonas con limitaciones naturales, exigiéndose al beneficiario como requisito para la percepción de las ayudas el mismo que en el caso de las zonas de montaña. Estos son la justificación de que al menos el 50 por ciento de los ingresos totales deben ser agrarios y la afiliación a los regímenes de seguridad social agraria.
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