Los 6,6 millones de madrileños no podrán abandonar la comunidad, al menos, este puente de San José. La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha denegado la suspensión cautelarísima pedida por el grupo parlamentario de Vox y por su ... portavoz, Rocio Monasterio, del decreto del pasado 12 de marzo por el que Isabel Díaz Ayuso acordó el cierre de la región durante este puente de San José y durante la Semana Santa. La presidenta madrileña traspuso en ese decreto el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 10 de marzo que ordenó el confinamiento perimetral durante esos dos periodos vacacionales de todas las comunidades peninsulares.
Publicidad
No obstante, Ayuso ya ha recurrido ese acuerdo del Interterritorial, por lo que todavía cabría la posibilidad, al menos sobre el papel, de que el Supremo, cuando entre en el fondo de la cuestión, sí que permita que los madrileños pudieran abandonar la región durante, al menos, la Semana Santa.
En su auto, el tribunal no aprecia las razones de especial urgencia pretendidas por Vox para que se acuerde la suspensión sin escuchar antes las razones de la Comunidad de Madrid y a la Abogacía del Estado, sobre todo teniendo en cuenta que el Decreto impugnado se publicó el 13 de marzo y el recurso de Vox no se interpuso hasta el día 17. «No es congruente esa demora con la pretensión de que resolvamos 'inaudita parte' (sin escuchar alegaciones de otras partes)», señala la resolución.
Además, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala III, que han resuelto la petición, señalan que Vox no ha ofrecido «razones concretas que exijan una decisión inmediata de la Sala pues sus alegaciones (…) son de carácter general y se encaminan a afirmar la nulidad que predican de las medidas, y, por tanto, del Decreto que las aplica, pero no explican qué situaciones irreversibles se producirían sin la suspensión reclamada».
Tras desestimar la suspensión cautelarísima, el tribunal acuerda tramitar el incidente como medida cautelar ordinaria, pero sin agotar el plazo máximo de 10 días que permitiría la ley para la presentación de alegaciones por la Comunidad de Madrid y la Abogacía del Estado, plazo que se limita hasta las 14 horas del martes 23 de marzo. El motivo es resolver antes de la Semana Santa, ya que el momento en que se ha interpuesto el recurso de Vox no ha permitido hacerlo antes del Puente de San José.
Publicidad
El Supremo además también quiere escuchar a la Abogacía del Estado, ya que parte central de la controversia son medidas que fueron promovidas por el Ministerio de Sanidad, aunque luego formalmente el acuerdo fuera del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.