Cristian Reino
Barcelona
Viernes, 31 de julio 2020, 16:14
Una de cal y otra arena para el Govern catalán en lo que respecta a las medidas para luchar contra la pandemia en Barcelona y su área metropolitana, Lleida y Figueras. La sección segunda de la sala de los contencioso administrativa del TSJC ha ... avalado el cierre de discotecas y salas de baile decretado por la Generalitat para reducir el ocio nocturno y evitar el contacto social. La patronal de ocio nocturno Fecasarm presentó un recurso y la justicia ha dado la razón a la Generalitat. La medida es proporcional según el juez dada la «elevada concentración de personas que no conviven habitualmente juntas» en estos locales. La sala menciona un informe que concluye que el cierre de discotecas, salas de baile y salas de fiestas con espectáculo es una medida no farmacológica que ha mostrado «ser efectiva» para limitar y reducir la difusión del virus en una población determinada y así cortar las cadenas de transmisión del virus a nivel comunitario y claramente reducir el riesgo individual de infección. «Vistas estas conclusiones, y ponderando los intereses en conflicto (sanitarios y económicos)», señala, ha de entenderse que se justifica la «proporcionalidad de la suspensión», en todo el territorio de Cataluña.
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En cambio, el juzgado, ante otro recurso de la patronal de los locales de ocio nocturno, ha vetado la orden del Govern de que los bares, restaurantes, chiringuitos y casinos deban cerrar a medianoche como horario máximo. Los jueces no ven justificado que «se vaya a producir una mayor transmisión del virus dependiendo del horario de cierre».
El Govern ha chocado ya varias veces con la justicia durante la pandemia, pues algunas de sus medidas han sido revocadas. Al inicio de julio, la Generalitat anunció el confinamiento total de la población de Lleida. Un juez lo impidió por falta de competencias por parte de la Generalitat, que tuvo que revisar las medidas drásticas en el Segrià y rebajar el alcance del confinamiento.
A partir de un recurso del Gremio de cines de Cataluña, la sala del contencioso administrativo revocó la suspensión de la apertura al público de las salas de cine. Esta decisión está condicionada a que las salas de cine cumplan el «protocolo sanitario para la apertura de espacios de exhibición». Lo mismo resolvió la justicia para los gimnasios y las equipaciones e instalaciones deportivas.
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