La nueva ley del aborto, la norma que devuelve a las chicas de 16 y 17 años la libertad de decidir si quieren interrumpir su embarazo sin tener que contar con permiso paterno, estará en vigor antes de que termine este mes.
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El Senado introdujo ... hoy las últimas modificaciones que sufrirá el texto y lo dejó listo para que, posiblemente el 16 de febrero, el pleno del Congreso, donde está garantizada una muy amplia mayoría favorable al nuevo marco legal, ratifique los cambios y dé el sí definitivo. El grueso de la reforma es de aplicación inmediata y entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la norma en el BOE.
La Cámara Alta, con el respaldo de los socios del Gobierno, de ERC, PNV, EH Bildu y de otros senadores de izquierda y nacionalistas, aprobó hoy en comisión el dictamen de la ley, con cambios mínimos sobre el proyecto llegado del Congreso. Es el documento que el pleno del Senado respaldará la semana próxima con la única oposición frontal de PP y Vox y con el también voto negativo de Ciudadanos, pero en su caso solo por el desacuerdo con que declare la maternidad subrogada explotación reproductiva.
Entre la decena de cambios aprobados hoy por la Comisión de Igualdad destaca la enmienda patrocinada por el PSOE para blindar el derecho al aborto contra presiones a embarazadas y profesionales como las previstas en el fallido protocolo impulsado por Vox desde la Junta de Castilla y León, que pretendía obligar a los médicos a ofrecer a las embarazadas escuchar los latidos del feto o realizarse ecografías 4D.
La incorporación obliga a todos los poderes públicos «a evitar que la solicitante sea destinataria de prácticas que pretendan alterar, ya sea para afianzar, revocar o para demorar, la formación de su voluntad sobre la interrupción o no de su embarazo, la comunicación de su decisión y la puesta en práctica de la misma, con la excepción de la información clínica imprescindible y pertinente». Con la mente igualmente en el intento de Vox, el cambio añade que «las intervenciones diagnósticas y terapéuticas asociadas con la decisión y la práctica de la interrupción del embarazo deberán basarse, en todo caso, en la evidencia científica».
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La nueva norma, además de recuperar el libre albedrío de las jóvenes de 16 y 17 años, toma las medidas precisas para blindar por ley del derecho de todas las españolas a interrumpir voluntariamente su embarazo en el hospital público más próximo a su casa. Crea un registro autonómico para que los médicos que no estén dispuestos a practicar abortos ejerzan por anticipado la objeción de conciencia y, al tiempo, manda a las autonomías que, con esa información, organicen los hospitales públicos para que siempre haya al menos un profesional que pueda cumplir, a su vez, con el derecho de la mujer a la interrupción voluntaria del embarazo.
Es la fórmula que pretende acabar con las artimañas políticas que obstruyen el ejercicio de este derecho y que explican que el 85% de estas intervenciones se hagan en clínicas privadas, que los 38 hospitales públicos de Madrid no realicen un solo aborto o que nueve provincias no se hayan practicado siquiera una de estas operaciones desde que en 1985 Felipe González las legalizase en tres supuestos.
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La nueva ley garantiza que ninguna mujer tendrá que acudir más a trabajar con una menstruación dolorosa e incapacitante. Crea, por primera vez en Europa, una baja médica sufragada completamente por el Estado que cualquier mujer diagnosticada de patologías o cuadros médicos que causen reglas invalidantes podrá solicitar a su doctor los meses que no esté en condiciones de ir a trabajar por los intensos dolores. No precisa de período de cotización mínimo ni tiene límite de días.
La ley de salud sexual y reproductiva, que también crea un permiso prenatal remunerado desde la semana 39 y que garantiza el derecho a una convalecencia pagada para toda persona que sufra un aborto, voluntario o no, suprime el plazo de reflexión de tres días y asegura la gratuidad de los anticonceptivos de última generación y de la píldora del día después. La norma, en otro de sus apartados, decreta la prohibición en España de toda publicidad que favorezca o fomente la prostitución. Tanto el promotor como el difusor pueden ser perseguidos y sancionados con las fuertes multas y demás castigos que prevé para las vulneraciones la ley general de publicidad.
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