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En la mente de los asesinos condenados con la pena máxima

En la mente de los asesinos condenados con la pena máxima

Manipuladores, obsesionados y sin remordimientos, justifican sus crímenes y culpan a otros, los que cumplen la Prisión Permanente Revisable pueden obtener permisos con ocho años de pena. El año que viene podría salir el primero

Doménico Chiappe y Álex Sánchez

Texto | Gráficos

Domingo, 2 de octubre 2022

El Tribunal Supremo ratificó hace unos días una condena de prisión permanente revisable al asesino de una «niña de rutinas a la que no le gustaba la oscuridad», como la describe la sentencia. El condenado es un hombre de 95 kilos y metro ochenta que atacó a la criatura de trece años, metro y medio y 37 kilos, la arrastró hasta el interior de su piso cuando ella bajaba las escaleras, le colocó un collar de perro, la violentó sexualmente, la apuñaló con cuchillos de cocina y luego la estranguló. «La muerte por asfixia no es inmediata, lleva un tiempo. La persona es consciente del ataque», indicaron los forenses en el juicio contra Juan López Ortiz. ¿Qué tiene en común este pederasta con los otros condenados a cumplir la pena máxima española, como los padres y madres que quitan la vida de sus hijos con alevosía? ¿O con aquellos que asesinan a otras personas vulnerables, por edad o discapacidad, e incluso las graban mientras agonizan?

«No se puede establecer un único perfil de personas condenadas a la pena de prisión permanente revisable», afirma Iris Malvido, psicóloga del Centro Penitenciario de León, donde residen tres de estos reos, dos de ellos parricidas. «Al igual que sucede con los delitos violentos en general, las variables que pueden facilitar la aparición de este tipo de delitos son muchas y muy variadas. Nos podemos encontrar internos condenados a esta pena que presentaron abusos de sustancias tóxicas o un trastorno mental grave, y otros en los no se da ninguna de estas dos variables. Su tipología varía desde delitos dentro del ámbito familiar hasta la violencia de género, lo que dificulta aún más el establecimiento de rasgos psicológicos comunes».

En los 35 casos que han merecido la prisión permanente revisable hasta la fecha, según un recuento por las noticias judiciales al no disponer datos específicos del Poder Judicial, están los que mataron a sus propios hijos (Silvia Acebal, David Oubel, Marcos Miras, Ana María Baños, Ada de la Torre, Thomas Handrick, Cristina Jiménez, Irene Torres) o hijastros (Ana Julia Quezada, Alejandra García, Laurentiu Mihai, José Antonio Pérez, Joey Lee Mederos). Los que sesgaron la vida de otros menores (Daniel Montaño, Iván Pardo, Juan Francisco López), a sus parejas (Mariano Daniel Vásquez, Mourir Ayad, Marian C., Jorge Luis T.) o a personas mayores (Ricardo Ortega, Gonzalo Sánchez, Francisco Martínez, Yunior O.).

Los casos más recordados

David Oubel

Galicia, 2015

Asesinó a sus dos hijas de 4 y 9 años en 2015.

Patrick Nogueira

Castilla-La Mancha, 2016

Degolló a sus dos sobrinos de tres y un año y a sus tíos, y después los descuartizó.

 

José Enrique Abuín,

El Chicle

Galicia, 2016

Agredió sexualmente y asesinó a Diana Quer.

Ana Julia Quezada

Andalucía, 2018

Secuestró y asesinó a su hijastro Gabriel Cruz de 8 años.

Bernardo Montoya

Andalucía, 2018

Asesinó a Laura Luelmo después de secuestrarla y violarla.

 

Thomas Handrick

Canarias, 2019

Asesinó a su hijo mayor de 10 años y a su esposa en las cuevas de Altos de Adeje (Tenerife).

Ada de la Torre

País Vasco, 2019

Asfixió a su hija de nueve años tras darle somníferos.

Mariano Daniel Vásquez Cataluña, 2019

No atendió a su mujer cuando sufrió un coma diabético y grabó su agonía.

 

Los casos más recordados

David Oubel

Galicia, 2015

Asesinó a sus dos hijas de 4 y 9 años en 2015.

Patrick Nogueira

Castilla-La Mancha, 2016

Degolló a sus dos sobrinos de tres y un año y a sus tíos, y después los descuartizó.

 

José Enrique Abuín,

El Chicle

Galicia, 2016

Agredió sexualmente y asesinó a Diana Quer.

Ana Julia Quezada

Andalucía, 2018

Secuestró y asesinó a su hijastro Gabriel Cruz de 8 años.

Bernardo Montoya

Andalucía, 2018

Asesinó a Laura Luelmo después de secuestrarla y violarla.

 

Thomas Handrick

Canarias, 2019

Asesinó a su hijo mayor de 10 años y a su esposa en las cuevas de Altos de Adeje (Tenerife).

Ada de la Torre

País Vasco, 2019

Asfixió a su hija de nueve años tras darle somníferos.

Mariano Daniel Vásquez Cataluña, 2019

No atendió a su mujer cuando sufrió un coma diabético y grabó su agonía.

 

Los casos más recordados

David Oubel

Galicia, 2015

Asesinó a sus dos hijas de 4 y 9 años en 2015.

Patrick Nogueira

Castilla-La Mancha, 2016

Degolló a sus dos sobrinos de tres y un año y a sus tíos, y después los descuartizó.

 

José Enrique Abuín,

El Chicle

Galicia, 2016

Agredió sexualmente y asesinó a Diana Quer.

Ana Julia Quezada

Andalucía, 2018

Secuestró y asesinó a su hijastro Gabriel Cruz de 8 años.

Bernardo Montoya

Andalucía, 2018

Asesinó a Laura Luelmo después de secuestrarla y violarla.

 

Thomas Handrick

Canarias, 2019

Asesinó a su hijo mayor de 10 años y a su esposa en las cuevas de Altos de Adeje (Tenerife).

Ada de la Torre

País Vasco, 2019

Asfixió a su hija de nueve años tras darle somníferos.

Mariano Daniel Vásquez Cataluña, 2019

No atendió a su mujer cuando sufrió un coma diabético y grabó su agonía.

 

«No se puede hacer un retrato robot», asegura Antonio Andrés Pueyo, catedrático de Psicología de la Universidad de Barcelona y director del máster de Psicología Forense y Criminal. «Los que asesinan menores después de una agresión tienen parafilias sexuales, con dificultades de autocontrol, circunstancias de aislamiento y vida social anómala, pero son distintos a los que matan a sus hijos». Entre los reos con esta «pena indeterminada pero no indefinida», como la describe una fuente de Instituciones Penitenciarias, se cuentan también los que agredieron sexualmente y quisieron encubrir su crimen con la muerte de sus víctimas (José Abuín 'El Chicle', Rubén Mañó, Roberto Hernández, Pablo Catalán, Enrique Romay, Francisco Salvador, Bernardo Montoya) y los homicidas múltiples (Ígor el Ruso, Patrick Nogueira, Juan Carlos Jiménez, Ángel Lorenzo).

Sin embargo, estos asesinos sí tienen un gran rasgo en común: la justificación para el uso de la violencia. «Consideran que el daño que producen está justificado o no es tanto como los demás dicen», indica Pueyo. «Tienen la idea muy patológica de que la muerte es una solución legítima».

Vida carcelaria

En su proceso mental de reconstrucción de los hechos, el verdugo se convierte a sí mismo en víctima. «En estas personas es habitual la justificación y la presencia de diferentes mecanismos de defensa, como la proyección de la responsabilidad hacia la víctima u otras personas, la minimización de los hechos delictivos o incluso la negación», asegura Malvido. «Los intereses, las habilidades sociales y las características de personalidad de estos internos varían bastante de uno a otro». Tienen buena conducta y viven en módulos ordinarios donde llevan «una normal convivencia con internos y profesionales», realizan tareas de limpieza, participan en actividades de grupo y muestran una «resolución adecuada de conflictos».

Un segundo rasgo compartido entre los condenados con la pena máxima es «la presencia del sesgo de 'deseabilidad social', tratando de dar una imagen mucho más favorable de sí mismos», explica Malvido, cuya labor como psicóloga penitenciaria «es conocer al interno, analizar las causas del delito y abordar las abordables de cara a reducir el riesgo de reincidencia. Mi trabajo no es juzgar lo que han hecho esas personas, eso es trabajo de un juez».

Como los autores de estos atroces delitos de sangre suelen desarrollar artes de manipulación con cierto «encanto superficial» los «abordajes terapéuticos son mucho más intensos e individualizados», explica Malvido. En ocasiones esa impostura es también cuestión de supervivencia entre rejas. «El hecho de que se trate de delitos tan mediáticos ha generado tensiones en el pasado, siendo necesario el alejamiento de estos internos de su entorno de origen», reconoce Malvido.

La prisión permanente revisable en cifras

35

En España se ha dictado

la prisión permanente

revisable en al menos 35 casos, en distintas jurisdicciones

(el CGPJ no lleva un registro específico).

La primera se dictó en julio de 2017 contra

David Oubel

5

Es el número de sentencias ratificadas por el Tribunal Supremo. Algunas no han sido recurridas y otras están en distintas fases de apelación.

 

6

De 35 condenas, seis han sido para mujeres

En su última sentencia el Tribunal

Supremo explica en qué casos se aplica:

Asesinato de personas

vulnerables (menores de 16 años, discapacitadas o ancianos)

Asesinato tras la comisión de delito contra la libertad sexual.

Asesinato cometido por

organización criminal o

terrorista.

Asesinatos

múltiples.

Delitos contra

la Corona.

Asesinato de un Jefe de

Estado extranjero o persona

con protección por Tratado Internacional en España.

Genocidio y crímenes

de lesa humanidad.

Fuente: Tribunal Supremo

La prisión permanente revisable en cifras

35

En España se ha dictado

la prisión permanente

revisable en al menos 35 casos, en distintas jurisdicciones

(el CGPJ no lleva un registro específico).

La primera se dictó en julio de 2017 contra

David Oubel

5

Es el número de sentencias ratificadas por el Tribunal Supremo. Algunas no han sido recurridas y otras están en distintas fases de apelación.

 

6

De 35 condenas, seis han sido para mujeres

En su última sentencia el Tribunal

Supremo explica en qué casos se aplica:

Asesinato de personas

vulnerables (menores de 16 años, discapacitadas o ancianos)

Asesinato tras la comisión de delito contra la libertad sexual.

Asesinato cometido por

organización criminal o

terrorista.

Asesinatos

múltiples.

Delitos contra

la Corona.

Asesinato de un Jefe de

Estado extranjero o persona

con protección por Tratado Internacional en España.

Genocidio y crímenes

de lesa humanidad.

Fuente: Tribunal Supremo

La prisión permanente revisable en cifras

35

En España se ha dictado

la prisión permanente

revisable en al menos 35 casos, en distintas jurisdicciones

(el CGPJ no lleva un registro específico).

La primera se dictó en julio de 2017 contra

David Oubel

5

Es el número de sentencias ratificadas por el Tribunal Supremo. Algunas no han sido recurridas y otras están en distintas fases de apelación.

 

6

De 35 condenas, seis han sido para mujeres

En su última sentencia el Tribunal

Supremo explica en qué casos se aplica:

Asesinato de personas

vulnerables (menores de 16 años, discapacitadas o ancianos)

Asesinato tras la comisión de delito contra la libertad sexual.

Asesinato cometido por

organización criminal o

terrorista.

Asesinatos

múltiples.

Delitos contra

la Corona.

Asesinato de un Jefe de

Estado extranjero o persona

con protección por Tratado Internacional en España.

Genocidio y crímenes

de lesa humanidad.

Fuente: Tribunal Supremo

El tercer denominador común en la mente de estos asesinos es la falta de remordimiento real. «Hay una negación absoluta del sentimiento de culpa e incluso pueden aludir que la culpa la tiene la propia víctima», diagnostica Pueyo. «Estando en prisión, algunos pueden entender que lo que hicieron está mal pero que lo están pagando, y encuentran una especie de equilibrio». En efecto, «la empatía hacia las víctimas directas ya se encontraba dañada, lo que dificulta la aparición de un remordimiento genuino, si bien esto no imposibilita que en el futuro puedan llegar a desarrollarla», indica Malvido.

Reincidencia y peligrosidad

Al cometer estos crímenes, «no están delirando ni tienen pensamientos psicóticos, aunque algunos sí tienen desviaciones sexuales o graves adicciones a las drogas», sostiene Pueyo. «Más que el paradigma de la psicopatía, son personas con un gran deterioro de las relaciones personales, con alteraciones en el estado de ánimo, y con obsesiones, como la pedofilia».

Entre los condenados no hay psicopatías, indica Pueyo, una atenuante que han intentado algunos abogados defensores, como los de Patrick Nogueira o Thomas Handrick. Aunque sí «pueden tener rasgos psicopáticos, una incapacidad empática ya no sólo hacia la víctima, sino en términos generales hacia cualquier ser humano», analiza Malvido, quien recuerda que todas las sentencias descartaron que esos trastornos tengan relación con los delitos. Sí ha habido revocaciones de la prisión permanente revisable por otras razones, como la forma en que se determinaron las agravantes. Al menos dos en el Supremo, que también ha elevado otras decisiones judiciales hasta el límite máximo.

«La mayoría no presenta ningún trastorno mental», ratifica Malvido. «A aquellos que sí han sido diagnosticados en algún momento de su vida, las valoraciones periciales no les han encontrado relación de causa efecto entre la enfermedad mental y la comisión del delito. Conservaban sus capacidades cognitivas y volitivas en el momento de la comisión de los hechos delictivos, y se les valoró como plenamente responsables, y por tanto imputables».

¿Es posible la reinserción de estos reos? «En principio sí, todo el mundo tiene esa potencialidad», sentencia Pueyo. «Pero es una tarea que implica vigilancia y supervisión casi permanente, porque mientras más necesidades criminológicas existan, como las adicciones o las desviaciones sexuales, más riesgo de reincidencia».

La salida de prisión

Años

Permisos penitenciarios

Se conceden a los 8 años

-Excepto en condenas por terrorismo, que es a los 12.

10

Tercer grado

A partir de los 15 años de prisión. En casos en que concurran otras penas:

Si la segunda es de 5 años

de prisión, se da a los 18.

Si es por 25 años, a los 22.

En casos de terrorismo,

entre 6 y 10 años más.

20

Libertad condicional

A los 25 años en todos

los casos, excepto:

Con segunda condena de

25 años, suman otros 5.

En casos de terrorismo,

otros 10 años.

30

Libertad definitiva

Entre 5 y 10 años después

de obtener la condicional.

40

Fuente: Instituciones Penitenciarias

La salida de prisión

Años

Permisos penitenciarios

Se conceden a los 8 años

-Excepto en condenas por terrorismo, que es a los 12.

10

Tercer grado

A partir de los 15 años de prisión. En casos en que concurran otras penas:

Si la segunda es de 5 años

de prisión, se da a los 18.

Si es por 25 años, a los 22.

En casos de terrorismo,

entre 6 y 10 años más.

20

Libertad condicional

A los 25 años en todos

los casos, excepto:

Con segunda condena de

25 años, suman otros 5.

En casos de terrorismo,

otros 10 años.

30

Libertad definitiva

Entre 5 y 10 años después

de obtener la condicional.

40

Fuente: Instituciones Penitenciarias

La salida de prisión

Años

Permisos penitenciarios

Se conceden a los 8 años

-Excepto en condenas por terrorismo, que es a los 12.

10

Tercer grado

A partir de los 15 años de prisión. En casos en que concurran otras penas:

Si la segunda es de 5 años

de prisión, se da a los 18.

Si es por 25 años, a los 22.

En casos de terrorismo,

entre 6 y 10 años más.

20

Libertad condicional

A los 25 años en todos

los casos, excepto:

Con segunda condena de

25 años, suman otros 5.

En casos de terrorismo,

otros 10 años.

30

Libertad definitiva

Entre 5 y 10 años después

de obtener la condicional.

40

Fuente: Instituciones Penitenciarias

Los condenados podrían volver a pisar la calle ocho años después del crimen

La prisión permanente revisable tiene un nombre que engaña. Ninguno de los condenados pasará el resto de sus días dentro de los muros de la cárcel, a menos que hayan sido condenados con una edad avanzada (no es ninguno de los casos hasta ahora) o concurra una muerte prematura.

El año que viene podría salir con permiso penitenciario un hombre que sedó y asesinó a sus dos hijas, de 4 y 9 años, degollándolas con una radial en Morana (Galicia). David Oubel fue el primero en recibir esta pena, y su tiempo entre rejas cuenta desde 2015. Está en segundo grado, tiene buena conducta, cumple el tiempo mínimo y está informado sobre los plazos para disfrutar de su primer permiso. La Junta de Tratamiento tendrá que decidir si esa salida podría repercutir negativamente en su reinserción, indica una fuente de Instituciones Penitenciarias. Si se lo negara, Obuel podría recurrir ante un juez y seguir exigiendo su permiso cada dos meses. «No siempre es fácil aceptar tiempos de cumplimiento tan elevados», sostiene Iris Malvido, psicóloga del Centro Penitenciario de León, que acota que «alguno de ellos ha estado incluido en el Protocolo de Prevención de Suicidios, entre otras cosas por la falta de expectativas y percepción de desesperanza hacia el futuro».

Para los asesinos más sanguinarios según la legislación española, el tercer grado se concede a los 15 años de prisión, a menos que tenga otra pena que cumplir, con lo que podría elevarse hasta los 22 años, según su gravedad. Además pueden pedir la condicional a los 25 años, desvela un informe interno de Instituciones Penitenciarias. Serán plenamente libres cinco años después, diez como máximo. Este tiempo se eleva en casos de terrorismo, aunque no hay aún sentencias de este tipo con esta pena. A partir de esta primera salida de fines de semana de Obuel vendrían, unos meses después, los permisos penitenciarios de El Chicle y de Nogueira, entre otros. Es la ley.

La preparación psicológica para su vida en libertad pasa primero por «la aceptación de la condena, la asunción de la responsabilidad y la motivación al cambio», indica Malvido. «Es indispensable el reconocimiento de la responsabilidad delictiva. Asumen la gravedad de los hechos delictivos y entienden que su estancia en prisión va a ser larga».

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