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J.V. Muñoz-Lacuna
Toledo
Lunes, 24 de julio 2017
El juzgado de lo Social número 2 de Toledo ha reconocido el derecho de tres niños huérfanos por violencia machista a que la Seguridad Social les incremente la pensión de orfandad del 20 al 52% de la base reguladora y que lo haga con efectos ... retroactivos desde el 19 de junio de 2009. Ese día la Audiencia Provincial de Toledo condenó al padre de los menores a 15 años de cárcel como autor del homicidio de la madre .
Otras víctimas de aquel crimen cometido en el domicilio familiar de Fuensalida (Toledo) fueron los tres hijos de la pareja. Su abuela se hizo cargo de ellos y en 2014 fue reconocida como su tutora legal. La abuela ha sido quien ha venido reclamando a la Seguridad Social un incremento de la pensión de orfandad, asunto que decidió llevar a los tribunales.
En la actualidad, sólo percibe 149,13 euros al mes como pensión para sus tres nietos. La sentencia es especialmente dura con la Seguridad Social pues la jueza que la dicta, Belén Tomás, destaca en la resolución que desde que el padre fue condenado por la muerte de la madre, “perdió su condición de hipotético beneficiario de la pensión de viudedad” y la Seguridad Social “debió incrementar de oficio el porcentaje de la prestación de orfandad de los menores y abonar las diferencias económicas” tal y como establece la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que entró en vigor en enero de 2008.
La magistrada también subraya en la sentencia la falta de sensibilidad de la Seguridad Social en este caso porque “conocía las circunstancias del fallecimiento de la madre”. “En modo alguno es exigible a la persona que se ha hecho cargo de los niños desde que éstos tenían 4 meses y 3 y 4 años que, además de educarlos y atender sus necesidades básicas, está incursa en procedimientos penales por el fallecimiento de su hija, deba también estar al corriente de las reformas legislativas de la Seguridad Social para garantizar y salvaguardar los derechos económicos de los que son acreedores sus nietos”, establece la jueza en esta sentencia en referencia a los argumentos defendidos por la Seguridad Social: que sean los propios beneficiarios de esta pensión quienes la soliciten expresamente.
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