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El actual código de disciplina universitario, el reglamento que Francisco Franco dictó hace casi 70 años desde el Pazo de Meirás para estrangular la libertad de los campus y amordazar las facultades, focos de resistencia a la dictadura, es ya historia. El Parlamento entierra hoy ... este rancio anacronismo de 1954 que, al menos sobre el papel, 43 años después de la Constitución, es la única norma que regula las infracciones de los estudiantes y sus castigos.
El pleno del Senado, con el respaldo de los dos socios del Gobierno, la izquierda y los nacionalistas y el 'no' de PP, Vox y Ciudadanos, dará hoy luz verde definitiva a la ley de Convivencia Universitaria, una norma que apuesta por la mediación y el pacto como método preferente para resolver los conflictos en los campus, pero que también establece un régimen disciplinario que castiga con hasta tres años de expulsión el acoso sexual y la discriminación, así como las novatadas vejatorias y los plagios. El Senado envía al BOE la ley para su entrada en vigor de inmediata (al día siguiente de su publicación) sin realizar ni un solo cambio sobre el texto que le llegó del Congreso.
Según las disposiciones transitorias y finales, las universidades cuentan con un máximo de un año para adaptar sus códigos de convivencia al primer marco democrático y las novedades de la ley solo se podrán aplicar a los problemas disciplinarios que ya se instruyen en las escuelas y facultades si actúan en beneficio del investigado. La regulación afecta a alumnos, docentes, investigadores y personal de servicios. Es de aplicación directa en los campus públicos y de referencia para los centros privados.
Rectores y estudiantes, que tras meses de negociaciones pactaron con el Gobierno el proyecto de ley que llegó al Congreso, están desilusionados con PSOE y Unidas Podemos por romper el consenso con la comunidad universitaria para satisfacer las demandas de Esquerra, sin cuyos votos no podía sacar la ley adelante. Como resultado, la ley mantiene que la mediación tiene carácter obligatorio y preferente sobre las sanciones, pero se deja fuera los mecanismos y pautas comunes para todos los campus del país que incluía el proyecto inicial. Ahora será cada universidad la que diseñe sus propias herramientas y criterios de mediación.
La ley, que acaba con artículos con intenso olor a naftalina como el que fija graves sanciones por «manifestaciones contra la moral católica», pretende solucionar la mayor parte de los incidentes y conflictos de la vida universitaria con el diálogo. Incluye un detallado régimen de sanciones para los hechos más graves, pero quiere que sea de aplicación residual. Solo si el acuerdo no es posible. La excepción, donde nunca habrá mediación y los castigos se aplicarán de manera directa, serán los episodios de violencia de género, el acoso y los fraudes académicos.
El nuevo código recoge que los actos más reprobables constituyen faltas muy graves que se castigan con la expulsión de dos meses a tres años o con la anulación de parte de los derechos de matrícula. Reciben sanciones extremas los plagios en las tesis doctorales y trabajos de fin de grado o de máster, las novatadas dentro del campus que menoscaben la dignidad, la falsificación de actas o notas, la discriminación por razón de sexo, género, nacimiento o discapacidad, el acoso y la violencia sexuales, el acoso o la violencia grave contra cualquier universitario, y las suplantaciones de alumnos o profesores en exámenes.
También tendrán el máximo castigo los actos que impidan la celebración de procesos electorales y el incumplimiento grave de las normas sanitarias, como los profesores que se niegan a dar clase con mascarilla.
Las faltas graves serán sancionadas de un día a un mes de expulsión o con la anulación de la asignatura afectada. Copiar de forma organizada o premeditada en un examen (chuletas, pinganillos), robar u obtener de manera fraudulenta la prueba, acceder sin autorización a los sistemas informáticos o impedir la celebración de clases, conferencias y otras actividades universitarias siempre que no sea un ejercicio de las libertades de expresión, huelga o manifestación. Este matiz deja a salvo, por exigencia de ERC, los escraches y piquetes.
Las faltas leves y graves, si así se acuerda, pueden ser sustituidas por actividades en favor de la comunidad. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años; las graves, a los dos; y las leves, a los seis meses. Los castigos pueden ir acompañados de multas que traten de restituir los daños o de resarcir a la víctima por los perjuicios.
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