La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a dos años de prisión por un delito de revelación de secretos a una periodista del diario Huelva Información por vulnerar la intimidad de la familia de Laura Luelmo, la maestra asesinada en diciembre de 2018 en la ... localidad onubense de El Campillo a manos de Bernardo Montoya, castigado tres años después con la máxima pena: prisión permanente revisable (un mínimo de 25 años de cárcel de forma ininterrumpida).
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El tribunal de la sección tercera de lo penal, presidido por la magistrada Carmen Orland, ponente de la sentencia, condena también a la periodista Raquel R. R. a una multa de 3.240 euros, inhabilitación especial para ejercer la profesión durante dos años también y a abonar una indemnización de 30.000 euros a los padres de la fallecida, declarándose la responsabilidad civil subsidiaria del periódico. Por el contrario, absuelve al también redactor del medio Óscar L. A., juzgado por estos hechos.
El tribunal, conformado también por los magistrados Florentino Ruiz Yamuza y Luis García Valdecasas, considera que la informadora «comprometió la intimidad personal y familiar» de la asesinada y de sus allegados con la publicación de cuatro informaciones en el mes de marzo de 2019 que «carecían de interés informativo».
La sentencia llega a esta conclusión tras analizar de forma detenida estas noticias, que sobrepasaron el derecho constitucional a la libertad de información y cuyo contenido la periodista obtuvo del sumario judicial del caso, vulnerando su carácter reservado.
Recuerda el tribunal que cuando la información carece de interés público no se puede excluir la vulneración del derecho a la intimidad aunque los hechos íntimos desvelados sean ciertos, como ha ocurrido en este procedimiento con el acceso de la condenada al sumario del asesinato. Afirma que los profesionales de la información no tienen un derecho fundamental reforzado respecto a los demás ciudadanos, si no que al hallarse sometidos a mayores riesgos en el ejercicio de sus libertades de expresión e información "precisan y gozan de protección específica".
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Por lo tanto, añade la sentencia, «no está protegida por la libertad de información la divulgación de datos que afectando a la intimidad, sean enteramente ajenos a lo noticiable, excedan de cuanto pueda tener relevancia informativa o puedan calificarse de irrelevantes, gratuitos o innecesarios».
El tribunal enumera y analiza seis artículos publicados por Huelva Información y determina que cuatro de ellos «comprometen el derecho a la intimidad familiar y personal de Laura Luelmo y sus familiares». Para llegar a esta resolución los magistrados dedican casi una cuarta parte del fallo (11 de las 47 páginas) a hacer un recorrido a través de la evolución de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional sobre procedimientos con características similares.
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En concreto, las noticias señaladas y publicadas en una semana del mes de marzo de 2019, tres meses después de la agresión sexual y asesinato de la joven maestra de Zamora, fueron las siguientes:
-Las tres versiones de Bernardo Montoya, detalles sobre la muerte de Laura Luelmo.
-Laura Luelmo sufrió más de 40 lesiones y una mortal producida con una piedra. Tenía una fractura de la base craneal y una lesión en la mandíbula.
-Toxicología halla ADN de Bernardo Montoya en el cuerpo de Laura pero no localiza semen. Criminalística detecta una mezcla genética parcial de Montoya y la víctima en la fregona y en unos vaqueros. Hay sangre de la joven en la pared, el suelo y en una zapatilla de la habitación del investigado
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-Las últimas imágenes de Laura con vida. La joven fue grabada mientras hacía una compra en su supermercado, minutos antes del ataque de Montoya (en la información se incluyó la publicación de un fotograma con las imágenes tomadas por Laura por la cámara de seguridad del establecimiento).
Concluye la sentencia que estas informaciones obtenidas del sumario tuvieron eco nacional y se difundieron en otros medios. Ello pese a que la acusada conocía que no estaba autorizada para reproducir esa información judicial por su carácter secreto. Además, señala que las periodista se jacta de disponer de la exclusiva, «un mérito que no es otro que el de conocer de forma ilegítima un contenido sumarial secreto» y de publicar «datos reservados» de carácter personal de Laura y su familia.
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