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Detención, en 2008, del asesino de Nagore Laffage Efe
El asesino de Nagore Laffage no tiene derecho al olvido

El asesino de Nagore Laffage no tiene derecho al olvido

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por el autor del homicidio al considerar que «no ha probado la inexactitud» en las informaciones que pedía que se eliminasen

Miércoles, 20 de marzo 2024, 17:58

Han pasado ya casi 16 años desde el asesinato de Nagore Laffage. Y aunque su asesino confeso ya ha cumplido la condena que dictaminó el juez encargado del caso, aquella noche del 7 de julio de 2008, durante los Sanfermines de Pamplona sigue estando presente ... en los juzgados. Esta vez ha sido como consecuencia de un recurso que presentó el hombre penado para tratar de bloquear en Google algunas informaciones que hacían referencia a este crimen. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado la medida en la que invocaba el derecho al olvido.

El demandante argumentaba que las informaciones contenían «datos personales» debido a expresiones como «el hombre que mató a Nagore Laffage» y que su caso ha sido enlazado a otro tipo de agresiones machistas, ocurridas también en Pamplona, y que, por ello, pueden conducir a errores. Sin embargo, la sentencia contradice esta explicación y refleja que el asesino de Nagore Laffage no «ha probado la inexactitud» en dichas noticias, además de que establece que debe prevalecer el derecho a la información, sobre todo en un hecho con tanta relevancia social -el homicidio provocó que salieran a las calles oleadas de personas pidiendo justicia para la joven, que tenía 20 años cuando ocurrió-. Además, defiende que las crónicas para las que se pedía su «bloqueo» están «amparados por el derecho fundamental a la libertad de expresión del artículo 20 de la Constitución».

El derecho al olvido

El recurso presentado por el asesino confeso de Nagore Laffage exigía desvincular su identidad de algunas informaciones sobre el caso debido a que, según expuso, «distintos medio de comunicación afirmaron que el demandante también cometió un delito de violación y agresión sexual». Por este motivo, se dirigió tanto a la Agencia Española de Protección de Datos como a Google para que estimasen «su derecho al olvido». El hombre consideraba que se habían «vulnerado sus derechos fundamentales a la privacidad o protección de datos».

Sin embargo, desde la Agencia rechazaron la medida solicitada. Bajo su punto de vista, «las publicaciones periodísticas reflejan los hechos por los que se condena al ahora recurrente, así como las similitudes con delitos sucedidos posteriormente». Por su parte, Google defendió que «los hechos aparecidos en las noticias son exactos». Además, ambos argumentaron que el bloqueo de las informaciones «supondría una grave injerencia en el interés legítimo del público interesado en acceder a la información», sobre todo teniendo en cuenta que se trata de un homicidio que despertó, y sigue haciendo, «especial sensibilidad» por parte de la sociedad española hacia los sucesos relacionados «con la violencia que se dirige contra las mujeres».

Destacan también que el crimen de Nagore Laffage constituye «uno de los símbolos de lucha contra la violencia machista». Por todo ello, abogan por que sea el acusado el que se dirija a los medios de comunicación correspondientes y pida los cambios pertinentes, alegando el derecho de rectificación.

Otro de los argumentos en los que se amparaba el asesino de Nagore Laffage es que estas publicaciones relacionaban su caso «con otros hechos castigados como delitos contra la libertad sexual de las víctimas ocurridos en la misma localidad (Pamplona)» durante los Sanfermines. Sin embargo, desde la Audiencia Nacional consideran que al ser «hechos que causan una particular repugnancia en la sociedad y de interés general» no se trataría de informaciones inexactas, sino que tratan «el hecho por el que fue condenado se asocia con otros en que las víctimas fueron también mujeres».

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