El Congreso, casi por unanimidad, con el único rechazo de Vox y del PNV, dejó hoy lista para ser aprobada en pocos días por el pleno la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia, la norma ... que pretende poner coto a los miles de casos de maltrato, acoso escolar, extorsión digital ('grooming'), abusos sexuales o violaciones que sufren cada año los menores españoles.
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La norma, también conocida como 'ley Rhodes', en reconocimiento al activismo de este pianista, que fue violado en su infancia de forma reiterada por un monitor deportivo, garantiza una protección de los derechos del niño inédita en España y quiere ser el instrumento que rompa la capa de silencio que oculta, sobre todo en el ámbito familiar, todas las formas de violencia contra los menores, que no denuncian ni el 15% de las agresiones. Se trata de una ley que abarca desde la prevención a la reparación del daño, pasando por una atención integral a la víctima, muy similar a la cobertura que reciben las mujeres que sufren violencia de género.
El texto, al que el Congreso ha introducido unas 200 enmiendas, prevé unidades policiales especializadas en la prevención y persecución de estos delitos, recomienda al Gobierno la creación de juzgados y fiscalías específicos -como los de la violencia de género-, y prevé la puesta en marcha de protocolos de detección precoz de estas violencias en ambulatorios y hospitales, colegios y en los centros de menores, en estos últimos con especial atención a los casos de explotación sexual.
Una de las medidas clave es la elevación de la edad a partir de la que comienza contar el plazo de prescripción de los abusos sexuales o violaciones. En la actualidad son los 18 años y sube a los 30. De está manera, cualquier agresión sufrida en la infancia podrá ser denunciada y castigada hasta que la víctima tenga entre 35 y 45 años, porque las prescripciones van de 5 a 15 años, según la gravedad del acto. Se trata de algo fundamental porque más de la mitad de los que denuncian un abuso infantil tardan al menos dos décadas en hacerlo, lo que ahora hace que muchos ya no sean perseguibles. El hecho de que el 80% de las agresiones se den en la familia o el entorno cercano explica que tarden en denunciarlas por miedo, por dependencia económica o emocional, o porque han quedado en situación de 'shock'.
La norma sale al paso de este problema y establece la obligación de denunciar al cónyuge o a cualquier familiar del que se sepa que ha cometido un delito grave sobre un menor, exigencia que se extiende a los profesores y al resto de profesionales que estén en contacto con niños y jóvenes, y endurece los requisitos para conceder la semilibertad o permisos carcelarios a condenados por estos delitos. También acuerda que el menor solo prestará declaración una vez ante el juez, que luego servirá de «prueba preconstituida» a lo largo de todo el proceso y el juicio, lo que evitará el miedo del niño a la revictimización.
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Toma otras dos medidas pensadas para los padres maltratadores. La primera es la obligación de retirar la patria potestad a los parricidas y filicidas y la segunda la suspensión de oficio del régimen de visitas al padre contra el que se dicte una orden de protección y sus hijos hayan visto su violencia o también la sufran. La ley también prohíbe el llamado síndrome de alienación parental, el prejuicio del juez que no escucha a los hijos en casos de custodia porque cree que están envenenados contra el padre por la madre. De hecho, mandaba más bien lo contrario. Todos, jueces o trabajadores públicos, tendrán la obligación de escuchar lo que tengan que decir los menores en todos los procedimientos que les conciernan.
El texto crea nuevos delitos para perseguir a los que a través de medios tecnológicos o de comunicación promueven el suicidio, la autolesión o la anorexia entre los menores y establece un canal específico para la retirada rápida de internet de cualquier contenido que atente contra la intimidad de un joven. Cada escuela e instituto deberá tener un coordinador de protección que se responsabilizará de que funcionen y se actualicen los protocolos contra el 'bullying', el acoso, los abusos o las agresiones, y en las actividades deportivas y de ocio también tendrá que existir un «delegado de protección» con tareas similares. Prohíbe la publicidad que propague conductas violentas o estereotipos sexistas, racistas u homófobos y se exigirá un certificado de carencia de antecedentes por delitos sexuales para ejercer cualquier actividad que tenga un contacto habitual con jóvenes.
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Entre las decenas de enmiendas rechazadas por los socialista hay una, defendida entre otros por Unidos Podemos y ERC, por la que se pretendía prohibir la presencia de menores en plazas de toros y en escuelas de tauromaquia que enseñen con animales vivos.
La 'ley Rhodes' incluye una nueva regulación de los delitos de odio, que aprovecha para meter en el Código Penal la aporofobia, la aversión o discriminación a los pobres. La nueva normativa, además de la aporofobia incluye dentro de estos tipos penales la exclusión social y la edad, sea niñez y juventud o vejez, como causa de discriminación.
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