El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por el periodista y eurodiputado de Vox Hermann Tertsch contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora que apreció la vulneración del derecho al honor del difunto abuelo de Pablo Iglesias y de sus familiares, y ... en particular de su hijo, que fue quien interpuso la demanda contra el parlamentario.
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El motivo fue el contenido «no veraz» de un artículo publicado en el diario ABC sobre el pasado criminal de esta persona. La sentencia de la Sala Primera (de lo civil) confirma la condena a pagar 12.000 euros al demandante y a publicar el fallo de la sentencia en el citado periódico, en la cuenta personal de la red social Twitter de Tertsch y al pago de las costas.
En dicho artículo, titulado «el abuelo de Pablo», se imputaba a Manuel Iglesias Ramírez la participación en «sacas» durante la Guerra Civil, y más en concreto en la del marqués de San Fernando y su cuñado, que terminó con el fusilamiento de ambos por una milicia del bando republicano a finales de 1936.
La Audiencia de Zamora valoró que el artículo «no era veraz» y que la conducta del periodista no fue diligente, porque prescindió de contrastar una información previamente publicada con otras fuentes a su alcance (principalmente, las causas sumariales), «cuya consulta no podía considerarse una carga exorbitante o excesiva en función de la gravedad de las imputaciones».
La Sala presidida por Francisco Marín considera que unas imputaciones «tan graves» exigían al periodista extremar su diligencia a la hora de contrastar los hechos, mediante la consulta de fuentes accesibles e «inequívocamente más objetivas», como los archivos históricos, en particular los expedientes penales referidos a Manuel Iglesias, abuelo del actual vicepresidente del Gobierno y líder de Podemos.
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A ello se une que ni siquiera las fuentes informativas que el recurrente tomó en consideración justificaban que este se expresara públicamente con tal grado de certeza acerca de la participación del difunto en la detención y fusilamiento del referido marqués y su cuñado.
Las imputaciones del periodista tampoco podían ampararse en la libertad de expresión, porque la legitimidad de la crítica a determinadas ideologías por alinearse con interpretaciones sesgadas de hechos históricos (en particular, relativos al comportamiento de los dos bandos durante la Guerra Civil), «no justificaba que para sustentar o argumentar esa crítica se hicieran, sin respetar el deber de veracidad, imputaciones tan graves y de tanta intensidad ofensiva como las dirigidas contra el padre del demandante».
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