Quim Torra, expresidente de Cataluña. Efe

La segunda imputación contra Torra la instruirá un juzgado ordinario

El expresidente ha perdido la condición de aforado tras su inhabilitación

Cristian Reino

Barcelona

Martes, 20 de octubre 2020, 12:32

Quim Torra no solo perdió su cargo de presidente de la Generalitat como consecuencia de la condena a inhabilitación por desobediencia que le impuso el TSJC. También perdió su condición de aforado. Esta circunstancia tiene consecuencias en la segunda causa penal que tiene pendiente, ... también por desobediencia y también por la misma que la primera, su negativa a retirar a tiempo una pancarta de la fachada del Palau de la Generalitat en periodo electoral.

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Al perder su condición de aforado, Torra será juzgado en un tribunal ordinario y no en el TSJC, como en la primera ocasión. Así lo ha determinado la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha decidido inhibirse en la instrucción de la causa en favor de los juzgados de instrucción de Barcelona, a «cuyo decanato se remitirán las actuaciones para que proceda a atribuirlas por reparto al órgano que corresponda de los de dicho partido judicial», según el auto dado a conocer esta mañana y trasladado a las partes.

La desobediencia por la que fue condenado se produjo durante el periodo electoral de abril del año pasado, en las generales, y esta segunda causa fue en la cita electoral de noviembre. En ambos casos, se negó a descolgar a tiempo una pancarta a favor de los presos de la fachada del Palau de la Generalitat. En las dos ocasiones, argumentó que no lo hizo para defender la libertad de expresión. En el primer proceso, la orden se la dio la Junta Electoral, en este segundo, el TSJC.

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