Imagen de una mesa electoral del Instituto Ortega y Gasset, en Madrid, durante el recuento de votos de las elecciones generales del 23-J. J.P Gandul/EFE

El PSOE recurrirá ante el Supremo la negativa de la Junta Electoral a revisar los votos nulos

Los socialistas no tiran la toalla y quieren recuperar el diputado undécimo que perdieron por el recuento de los votos del extranjero de la circunscripción por Madrid

Jueves, 10 de agosto 2023, 12:26

Los socialistas no tiran la toalla y están dispuestos a quemar el último cartucho a pesar de los varapalos de las juntas electorales. El PSOE, según anunciaron hoy fuentes de la dirección de Ferraz, ha tomando la decisión de recurrir ante el Tribunal Supremo el ... fallo de la Junta Electoral Central (JEC) de no revisar los votos nulos registrados en la circunscripción de Madrid en las últimas Elecciones Generales.

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Un recuento con el que los socialistas creen poder recuperar el undécimo escaño por Madrid que perdieron tras el cómputo de los votos CERA (Censo de Españoles Residentes en el Extranjero) el viernes 28 de julio. Ese recurso ante el alto tribunal «es lo más garantista y responsable porque el último diputado en Madrid se ha distribuido por una diferencia muy menor de votos», defendió este jueves el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños.

En concreto, los socialistas llevarán ante el Supremo el fallo del pasado lunes por el que la JEC rechazó la petición del PSOE de revisar las 30.241 papeletas nulas registradas en las Elecciones Generales en la Comunidad de Madrid. La junta (por 10 votos a favor y 3 en contra, los de los vocales elegidos a propuesta del PSOE) consideró que el partido de Pedro Sánchez no había acreditado la existencia de indicios de irregularidades que justifiquen ese recuento.

La presentación de este recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo -explicaron fuentes de judiciales- en ningún caso pospondrá el calendario electoral ni la proclamación oficial de los electos, que desde hace días están recogiendo sus actas, ni la constitución del Congreso prevista para el próximo 17 de agosto.

El lunes, la JEC zanjó que, en contra de lo alegado por el PSOE, no existe «un derecho genérico a la revisión de todos los votos nulos sin necesidad de alegar una causa o indicio de irregularidad», sino que esa nueva verificación «debe estar vinculada a un motivo específico que justifique la supuesta nulidad del voto». El árbitro electoral llegó a afear a los socialistas que quieran convertir a la junta provincial «en una mesa de revisión universal de todos los votos declarados nulos por todas las mesas de la circunscripción sin aducir una irregularidad concreta que justifique ese examen».

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«Una medida de esa naturaleza (el recuento sin pruebas de posibles irregularidades) carece de anclaje constitucional y legal puesto que desfiguraría radicalmente el procedimiento previsto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), impediría cumplir con los plazos legales establecidos y podría incluso afectar a la constitución de las Cámaras», zanjó la JEC.

Diputado clave

La insistencia del PSOE por no dar por perdido ese undécimo escaño por Madrid y elevar el asunto hasta la más alta autoridad judicial del país viene porque se trata de un diputado clave, pues ahora los socialistas necesitarán del voto a favor de Junts (no vale la abstención) tanto para hacerse con la presidencia del Congreso como para una investidura de Pedro Sánchez como jefe del Ejecutivo.

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El fallo de la Junta Electoral Central del pasado lunes que va a acabar el Supremo -y que confirmó 137 diputados al PP frente a los 121 del PSOE- fue coincidente al 100% con el de la Junta Electoral Provincial (JEP) de Madrid, que ya el pasado 30 de julio se negó a reabrir el recuento alegando que no había indicios sobre «posibles irregularidades en el voto nulo» y tachando de «especulación infundada» la existencia de posibles errores en el recuento que pudieran devolver el escaño al PSOE.

Los datos, tras concluir el escrutinio del voto CERA, dieron un resultado en Madrid de un 41,09 % de voto al PP (1.463.112 papeletas) y del 28,21 % al PSOE (1.004.567 sufragios). Madrid fue la única circunscripción en la hubo un cambio de color por ese voto exterior.

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1.341 votos

En su recurso ante la JEC, cuyos argumentos probablemente se repitan ahora en el alegato ante el Supremo, el PSOE calculaba que necesitaba 1.341 votos válidos, lo que suponía el 4,43% de los 30.241 votos nulos, para 'recuperar' el escaño que pasó a manos del PP. Los socialistas hacían referencia a varias sentencias, una de ellas del Tribunal Constitucional de 2015 en la que recuerda que «no hay en la LOREG (Ley Orgánica de Régimen Electoral General) ningún precepto que prohíba expresamente reclamar la revisión de los votos nulos». Es más, argumentaba el partido de Sánchez que «si la ley ordena conservar esos votos (todos los votos a los que se hubiera negado validez, y no solo aquellos que hubieran sido objeto de alguna reclamación) ha de ser, por fuerza, para permitir en algún momento posterior la revisión y examen de esos votos; de todos, aunque no hubieran sido impugnados ante las mesas».

En su escrito, el PSOE reconocía que «obviamente» no tenía «certezas» de que haya habido irregularidades en las papeletas declaradas nulas porque el voto es secreto, pero alegaba que «un derecho (el del recuento) no puede negarse por no tenerla (una certeza), pues precisamente se trata de instar una revisión para llegar a conocer la con toda certeza la realidad del resultado electoral».

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