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La ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida popularmente como del 'solo sí es sí', vuelve a estar bajo la lupa por la intención del Gobierno de buscar fórmulas para frenar el goteo de rebajas de penas de prisión a más de 280 delincuentes sexuales con una veintena de excarcelaciones. Sin embargo, no existe unanimidad dentro de la coalición, mientras el PSOE está convencido de modificar el texto con o sin su socio, Podemos aboga por un plan de actuación que no toque el Código Penal y mantenga el consentimiento en el «corazón» de la norma. Lo cierto es que ninguna de estas medidas evitará que los juzgados sigan aplicando la legislación más beneficiosa para el reo, el nudo gordiano de la cuestión.
En la madrugada del 7 de julio de 2016, durante las fiestas de San Fermín. Un grupo de cinco hombres violó a una joven de dieciocho años en un portal en el centro de la capital navarra. La víctima denunció a los agresores por violación. El caso provocó una fuerte contestación en la calle y desató una alarma social después de que la sentencia condenara a nueve años de cárcel por abuso sexual continuado y no como agresión sexual, ya que el tribunal no apreció indicios de violencia o intimidación. Con el ánimo de corregir esta cuestión, Podemos propuso unificar con la ley del 'solo sí es sí', que entró en vigor en octubre de 2022, ambos delitos, para que no hubiera distinciones. También situó al consentimiento como elemento fundamental para determinar si existe una violación o no.
Hasta la aprobación de la ley, las mujeres que denunciaran una violación debían demostrar al juez que había existido intimidación o violencia. A partir de su entrada en vigor se convierte todo acto sexual sin un consentimiento claro de la víctima en agresión o violación. De ahí el nombre con el que fue bautizada la norma: solo sí es sí. Ese es el único criterio válido que tendrán en cuenta jueces y policías para determinar si se ha producido o no un caso de violencia sexual, para ordenar la protección inmediata de la víctima y castigar el delito.
Con la nueva norma solo existen dos delitos contra la libertad sexual: agresión sexual (en los que encajan tocamientos y todo tipos de asaltos contra esta libertad) y violación, es decir, agresión con penetración. Con la desaparición de los abusos también se eliminan las multas. Cualquier agresión, señala el legislador, se paga al menos con un año de cárcel.
Los jueces se basan en el artículo 2.2 del Código Penal que señala que «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena». Interpretan que al unificar los delitos de abuso y agresión sexual la horquilla de penas de prisión se ha rebajado en muchos casos.
Desde su entrada en vigor el pasado 7 de octubre, al menos 388 delincuentes sexuales han visto sus penas reducidas por la interpretación de la ley del 'solo sí es sí'. También se ha ordenado la excarcelación de 23 personas, generando alarma social en algunos casos. Las últimas 60 rebajas de pena se han producido en Andalucía, Comunidad Valenciana, Canarias, País Vasco y Navarra.
El pasado 8 de diciembre, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ordenó a los ministerios de Justicia e Igualdad buscar una solución para paliar los efectos negativos de la ley. Desde el departamento que dirige la socialista Pilar Llop se puso sobre la mesa la propuesta de crear un nuevo subtipo penal que agravara las condenas en los casos de agresiones en las que hubiera intimidación o violencia.Sin embargo, desde Podemos consideran que esto supondría «una vuelta a la ley anterior» que volvería a centrar el peso de la prueba en si la víctima «se resistió o no». Los morados, que siguen culpando a «una minoría de jueces» de las rebajas de penas, aseguran haber planteado tres propuestas a su socio. Una de ellas contempla una subida de algunas penas mínimas.
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José A. González y Álex Sánchez
Clara Alba y José A. González
Juan Cano, Sara I. Belled y Clara Privé
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