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Concentración con motivo de uno de los aniversarios del asesinato de Miguel Ángel Blanco. EFE
El juez procesa a cuatro exjefes de ETA por el asesinato de Miguel Ángel Blanco

El juez procesa a cuatro exjefes de ETA por el asesinato de Miguel Ángel Blanco

García Castellón destaca que el secuestro y ejecución del concejal del PP «requirió del consenso del Comité Ejecutivo» de la banda

Jueves, 25 de abril 2024, 13:33

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha procesado a los exmiembros del 'Comité Ejecutivo' de ETA José Javier ArizKuren Ruiz 'Kantauri', Miguel Albisu Iriarte 'Mikel Antza', María Soledad Iparragire 'Anboto' e Ignacio de Gracia Arregi, «Iñaki de Rentería», por el secuestro y ... asesinato del concejal del PP de Ermua Miguel Ángel Blanco en julio de 1997.

En un auto de más de un centenar de páginas el magistrado procesa a los cuatro exmiembros de la cúpula etarra por delitos de secuestro y asesinato terrorista con agravante de alevosía al considerar que se dan los requisitos de la autoría mediata por dominio de la organización, ya que podían haber impedido el asesinato pero no lo hicieron, lo que evidencia «una voluntad inequívoca en la producción del resultado».

El titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, que reabrió el sumario sobre el asesinato concejal hace dos años a instancia de la asociación Dignidad y Justicia, procesa a los terroristas en aplicación de la denominada "doctrina Miguel Ángel Blanco", que hace una nueva interpretación de la Convención Europea de Imprescriptibilidad de Crímenes contra la Humanidad y Crímenes de Guerra, que permitiría declarar imprescriptibles para siempre 430 asesinatos terroristas cometidos en España o contra ciudadanos españoles entre 1990 y 2010.

El magistrado ha tomando la decisión de sentar en el banquillo a los cuatro terroristas tras diversos informes de la Policía Nacional y la Guardia Civil que certificaron que todos ellos estaban en lo más alto de la cúpula de la banda y que pudieron dar la orden de liberar al edil antes de que fuera asesinado. El último de esos atestados clave que con bastante probabilidad puede llevar a los cuatro cabecillas a juicio fue incorporado a la causa hace poco más de un año y en él la Comisaría General de Información de la Policía aseguraba no tener la más mínima duda de que «los miembros del Comité Ejecutivo de ETA no dieron la orden de poner en libertad a Miguel Ángel Blanco» pese a que pudieron hacerlo en todo momento. Se negaron a poner fin al secuestro del concejal de Ermua e «impedir su asesinato» a pesar de los cabecillas de la banda tenían «plena conciencia de su posición de mando» sobre los terroristas que habían capturado al político vasco y «teniendo el pleno dominio sobre el actuar de sus comandos armados, en este caso 'Donosti'», zanjaron lo servicios antiterroristas.

«Altamente jerarquizada»

El juez, que impone a los cuatro procesados el pago de una fianza solidaria de dos millones de euros con los que hacer frente a las posibles responsabilidades civiles que se les pudieran imponer en caso de condena, en línea con esos informes policiales concluye ETA siempre fue una organización terrorista «altamente jerarquizada» en la que imperaba la disciplina, con una cadena de mando de tipo vertical y «militar» en la que las órdenes emanadas desde su 'Comité ejecutivo' llegaban a los integrantes de los comandos operativos de la organización terrorista para ser cumplidas.

El magistrado considera improbable que los miembros de la cúpula no hubieran ordenado el secuestro de Miguel Ángel Blanco, «teniendo en cuenta el modo de actuar de ETA en el que su principal estructura directiva, su 'Comité ejecutivo', era el órgano donde se decidían, planificaban, dirigían y autorizaban las acciones terroristas que cometían los comandos de acción de ETA». Básicamente, el togado cree impensable que una acción terrorista como la llevada a cabo contra el concejal del Partido Popular en 1997, su secuestro y su posterior asesinato, «fuese realizada por un comando de ETA sin que mediase una decisión y una planificación previa, así como unas órdenes concretas y específicas, emanadas de la principal estructura directiva de ETA, su 'Comité ejecutivo'».

Para el magistrado, la decisión de secuestrar al concejal vasco requirió el consenso de todos los integrantes de la dirección de ETA. «La decisión de realizar la acción terrorista contra el sr. Blanco Garrido no fue tomada por un miembro concreto o aislado del 'Comité ejecutivo' de ETA, sino que requirió del consenso y la toma de una decisión, adoptada de forma colegiada, por todos los integrantes de la 'Dirección'. El alcance, la repercusión y las consecuencias de una acción terrorista como la cometida contra Miguel Ángel Blanco Garrido así lo requería», apostilla.

«Múltiples llamamientos»

García Castellón destaca como un tema clave el hecho de que ese 'Comité Ejecutivo' no moviera un dedo para anular la orden de asesinar al político popular. “Pese a los múltiples llamamientos que, tras el secuestro de la víctima, se produjeron por parte de la gran mayoría de la sociedad civil española y de la clase política dirigente en ese momento, los miembros del «Comité ejecutivo» de ETA no realizaron ningún acto para que finalizara, ni la muerte de la víctima, evidenciando una voluntad inequívoca en la producción del resultado», zanja el instructor.

Para el juez concurren, por lo tanto, todos los requisitos de la autoría mediata por dominio de la organización, esto es, la existencia de una jerarquía con férrea disciplina dentro de una organización, en la que un órgano de dirección como autor mediato ejerce un poder de mando sobre unos autores inmediatos fungibles, con una alta disponibilidad por parte de estos subordinados -que ejecutarán las acciones ordenadas por el autor mediato dentro de la línea estratégica señalada por la organización- sin capacidad de discusión y quienes se limitarán a cumplir órdenes.

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