La Fiscalía del Tribunal Supremo ha hallado indicios de delito en la investigación abierta al rey emérito, pero el blindaje de la inviolabilidad constitucional mientras fue jefe de Estado -abdicó en junio de 2014-, y la prescripción del delito fiscal que hubiera podido cometer hasta ... el ejercicio siguiente han abocado al archivo de las diligencias.
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Según ha avanzado 'El Confidencial' y han confirmado fuentes jurídicas, el fiscal del alto tribunal responsable de este caso, Juan Ignacio Campos, se ha inclinado por no querellarse contra don Juan Carlos ante la Sala Segunda (Penal) del Supremo y ya está elaborando las conclusiones de su informe con esta tesis central.
Campos ha contado con tres fiscales más y un equipo de peritos de la Agencia Tributaria para examinar la documentación que le han mandado sus colegas de Suiza,donde el rey emérito mantuvo un entramado societario oculto a la Hacienda española. Y desde que se abrieron las diligencias de investigación en junio pasado, consideradas secretas, solo se ha conocido públicamente una referencia al estado de las pesquisas. Fue el pasado 1 de octubre, cuando Campo expuso en un informe remitido a la Sala que las investigación había «avanzado desde su iniciació́n cualitativa y cuantitativamente» y consideraba que no debía «cesar en la investigación que tiene encomendada».
Además, exponía que «la comisió́n rogatoria solicitada en su momento a la Fiscalía de la Repú́blica y Cantó́n de Ginebra abre nuevas perspectivas, y la necesidad de ser complementada con la práctica de otras diligencias, que sin duda abrirá́n un abanico de posibilidades imposibles de valorar en este momento».
Pues bien, apenas un mes después de aquella referencia -a raíz de la tramitación de una querella de la asociación independentista Omnium Cultural contra don Juan Carlos- estas diligencias ya se han practicado y la conclusión es que, pese a los indicios de delito fiscal y/o de blanqueo de capitales continuado, el blindaje que le otorgaba la Constitución y la prescripción hace inviable la petición de imputación.
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Los investigadores habrían buscado sin éxito indicios sobre la presunta comisión de delitos contra la Hacienda Pública a partir de 2015, el último ejercicio que no se considera prescrito. Para ello, han examinado si Juan Carlos I omitió ingresos tributarios por una cantidad superior a los 120.000 euros en alguno de estos años fiscales, lo que hubiera abierto la puerta a perseguir un segundo delito: el blanqueo de capitales.
La jurisprudencia del alto tribunal considera el delito fiscal (defraudación de la cuota tributaria) como antecedente necesario para el blanqueo. Este ilícito penal se demuestra si en las cuentas de las que fue titular el anterior monarca (como el depósito 505523 en el banco suizo Mirabaud, donde se encontraba hasta su disolución la Fundación Lucum, de la que era primer beneficiario) hubiera salido dinero hacia otras cuentas con las que se hubieran cubierto gastos personales.
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Sería especialmente complicada, no obstante, la imputación del delito de blanqueo por el afloramiento a través de la examante de don Juan Carlos, Corinna Larsen, de 65 millones de euros que él previamente le transfirió desde la cuenta en Suiza de la citada fundación panameña. La razón es que se habría producido durante su reinado, en junio de 2012. Con todo, ambos han sostenido que se trató de una donación sin contraprestación alguna.
En suma, la Fiscalía del Supremo estaría asumiendo la ultraactividad de la inviolabilidad en los mismos términos del dictamen de los letrados del Congreso, que el 15 de junio pasado señalaron que «las prerrogativas de la inviolabilidad y no sujeción a responsabilidad (…) son absolutas, abarcan la totalidad del periodo que se ejerce la jefatura del Estado y tienen efectos permanentes». Con este informe en la mano, el PSOE se opuso a la creación de una comisión de investigación parlamentaria por los negocios del rey emérito que fue reclamada por ocho grupos del Congreso.
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R. G.
El Gobierno no se plantea revisar la inviolabilidad del Rey recogida en la Constitución. «No está en la cartera» de temas, avisó este viernes el ministro de Justicia. El presidente del Gobierno, sin embargo, se mostró partidario este verano de acometer una reforma en ese sentido.
Juan Carlos Campo evitó comentar la posibilidad de que la Fiscalía archive la investigación abierta sobre los presuntos negocios opacos del exjefe del Estado porque desde su puesto no puede pronunciarse sobre los «temas judiciales vivos». Pero incidió en que no está en la agenda de su Ministerio ni en la del Consejo de Ministros es acometer una reforma constitucional para modificar la inviolabilidad.
El artículo 56.3 de la Carta Magna señala que «la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad».
Pedro Sánchez lo veía de distinta forma en julio, cuando señaló que la Constitución «tiene que evolucionar conforme a las exigencias de ejemplaridad y conducta política de las sociedades». En una entrevista concedida a 'eldiario.es' e 'InfoLibre', afirmó que en España «no hay espacio para la impunidad». La inviolabilidad del Rey, añadió, es «uno de los preceptos» constitucionales sobre los que sería conveniente «reflexionar» y analizar «qué soluciones» se pueden encontrar. Sánchez hizo estos comentarios en plena tormenta informativa sobre los negocios privados de Juan Carlos de Borbón.
Modificar la inviolabilidad del Rey requiere una reforma agravada de la Constitución, que conlleva la aprobación del cambio por mayoría de dos tercios en el Congreso y el Senado, la disolución de la Cortes, elecciones, ratificación de la reforma por la misma mayoría parlamentaria y referéndum.
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