Quim Torra. EFE

La Fiscalía pide que se archive la querella del PP contra Torra por usurpación de funciones

Los populares le habían acusado por seguir en el cargo tras la inhabilitación de la Junta Electoral

Viernes, 14 de febrero 2020, 13:41

La Fiscalía se opone a que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) admita a trámite la querella por usurpación de funciones que el PP presentó contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra, por mantenerse en el cargo pese a habérsele sido retirada ... el acta de diputado autonómico.

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En un escrito remitido al TSJC, la Fiscalía Superior de Cataluña mantiene que no es la jurisdicción penal la que debe dirimir si Torra «se halla o no legitimado» para seguir siendo presidente de la Generalitat, una vez el Parlament le retiró la credencial de diputado por orden de la Junta Electoral Central, que el pasado 3 de enero zanjó que debía dejar de ser electo por la pena de inhabilitación a la que se le condenó por un delito de desobediencia al negarse a retirar los lazos amarillos de la Generalitat. La decisión de retirarle el acta fue ratificada el pasado 23 de enero por el Supremo, que, sin embargo, nada dijo sobre su continuidad como presidente de la comunidad autónoma.

«No es en sede de un tribunal penal donde deba dilucidarse si en la situación actual quien ejerce las funciones de presidente de la Generalitat se haya o no legitimado para el adecuado ejercicio de aquellas que, sin aparente posición de nadie, viene en la práctica ejerciendo», insiste el Ministerio Público, que reprocha al PP que «más allá de la especulación» de que lo que al partido le pueda parecer «lógico o ilógico» deberían ser los «órganos competentes» los que determinen la «controvertida cuestión suscitada». Esto es, si Torra, sin el acta de diputado, puede seguir siendo jefe del Ejecutivo.

El Ministerio Público sostiene que, en cualquier caso, Torra no habría cometido un delito de usurpación de funciones incluso en el caso de que no estuviera ya habilitado para ser 'president' porque el «legislador optó por despenalizar la conducta de quien debiendo cesar, continúa en el ejercicio de la función pública». La única conducta ahora penada, recuerda la Fiscalía, por el delito de usurpación de funciones públicas es la de que aquellos que «ajenos a la función pública se la atribuyen falsamente para obtener ventaja o cometer otros delitos con mayor facilidad».

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