El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán EFE

La Fiscalía se opone a la petición de indulto de Griñán por la condena de los ERE

Alega ante la Audiencia de Sevilla que el castigo responde a "los delitos más graves cometidos en la administración pública", malversación y prevaricación, y "no puede quedar sin respuesta punitiva"

Mateo Balín

Madrid

Viernes, 5 de abril 2024, 15:09

La Fiscalía Anticorrupción ha remitido diferentes escritos a la Audiencia de Sevilla en los que se opone a las peticiones de indulto formuladas por el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, cuya entrada a prisión está suspendida por la enfermedad que ... padece, y otros siete altos cargos de su administración castigados por malversación de caudales públicos en una pieza del 'caso ERE'.

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Tras este informe, el tribunal que juzgó el caso de los expedientes fraudulentos de ayuda a empresas en crisis debe remitir el escrito definitivo al Ministerio de Justicia, que tomará una decisión final al respecto dada su potestad para conceder la medida de gracia.

Además de Griñán, la petición de indulto la realizaron el que fuera consejero de Empleo Antonio Fernández, la titular de Hacienda Carmen Martínez, el consejero de Innovación Francisco Vallejo, el responsable de Empleo Agustín Barberá, el de Innovación Jesús María Rodríguez, el director general de la agencia IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano y el consejero de Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, quien no obstante goza del tercer grado penitenciario por motivos de salud tras haber cumplido varios meses de prisión.

Actualmente, todos ellos cumplen pena de cárcel salvo Griñán, cuya entrada a prisión está suspendida por el cáncer que padece, y Viera. Las condenas oscilan entre los seis y los siete años de prisión.

El caso de Juan Márquez

Respecto al exdirector general de Trabajo de la Junta de Andalucía Juan Márquez, también condenado a cárcel en este caso, será el Tribunal Supremo quien se pronuncie ante el Ministerio de Justicia sobre su petición de indulto ante su pena de cárcel, pues tras la sentencia inicial de la Sección Primera de la Audiencia, saldada con condena a inhabilitación o a inhabilitación y cárcel para 19 de los 21 ex altos cargos, el alto tribunal casó parcialmente dicha resolución inicial rebajando la pena de cárcel de Márquez a tres años, una pena actualmente suspendida.

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La Fiscalía recuerda ahora que el indulto solo resulta justificado de forma excepcional con finalidades que remedien situaciones consideradas de "injusticia notoria" como consecuencia de la estricta e inevitable aplicación del derecho o casos en que la ejecución de la pena dejaría de cumplir la función de resocialización. Del mismo modo, rechaza que las alegaciones de los condenados guarden relación con la naturaleza y finalidad del indulto y su norma reguladora.

Frente a los argumentos contenidos en la petición de indulto formalizada por la familia de Griñán, «expresamente en razones de humanidad y equidad» al contar ya con 78 años de edad, esgrimiendo además su «intachable trayectoria vital» y que «tras más de 40 años al servicio público desde las más altas responsabilidades, jamás ha obtenido remuneración alguna distinta de su sueldo como funcionario» ni ha tenido «enriquecimiento personal ni familiar», la Fiscalía responde que «la conducta criminal protagonizada por el condenado ha sido enjuiciada con ecuanimidad.

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En ese sentido, la Fiscalía recuerda que la sentencia del Tribunal Supremo que desestimó los recursos de casación de estos inculpados dice que la malversación "no exige el lucro personal del sustractor, sino que con su actuación pudiera beneficiar a un tercero".

Así, la Fiscalía concluye que «la conducta enjuiciada no puede quedar sin respuesta punitiva mediante la conmutación parcial de la pena privativa de libertad impuesta, pretensión que excede del carácter excepcional que configura la gracia de indulto. En este escenario, los fines retributivos, de prevención y rehabilitación de las penas no justifican ni permiten la concesión de un indulto».

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