El juicio por la propiedad del Pazo de Meirás, en A Coruña, llegó hoy a su fin con los informes de conclusiones. La Abogacía del Estado jugó su última baza para probar que la familia Franco se apropió de forma ilegal de la residencia de ... verano tras la Guerra Civil, mientras que los herederos del dictador confiaban en que el juzgado les dé la razón porque la finca les pertenece a todos los efectos.
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El abogado del Estado jefe en Galicia, Javier Suárez, intervino para defendor los argumentos de los demandantes. Sostuvo que los nietos de Franco ejercieron una «posesión tolerada» aunque «viciada» del bien adquirido por el dictador mediante un «fraude». Y ha añadido que se ha podido desvirtuar a partir de «hitos históricos» que han sido expuestos en la vista oral.
Suárez ha señalado, en primer lugar, que Franco no adquirió el Pazo de Meirás porque los posibles títulos de adquisición de 1938 y 1941 «son nulos, el primero por defecto de forma y el segundo por simulación absoluta». Son los documentos clave de este litigio por la vía civil. «Se silenció la donación al Estado, se silenció la intervención de la Junta pro Pazo en la tenencia del inmueble y se da la apariencia de que estamos ante una compra-venta normal», afirmó el abogado.
En segundo lugar, y ante la inexistencia de título de adquisición, ha defendido que quien adquiere el bien por usucapión (adquisición de una propiedad por su posesión continuada) es la Administración General del Estado «por uso continuado para fin público», porque existe afectación del bien al dominio público. Por último, ha recordado que los nietos de Franco no han adquirido el dominio sobre la residencia porque «no tienen ningún título válido» y el «bien es intransmisible».
Despreocupación
El abogado del Estado detalló que desde 1975, cuando muere Franco, a 1978 se produce una situación «anómala» con respecto al bien que ha definido «de inercia» con respecto a la situación anterior, y se ha referido a que tras el fallecimiento del dictador ningún gobernante se ha preocupado por el pazo, que pasa a tener una «posesión tolerada» por la familia.
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Esta explicación salió a la palestra para admitir que la tardanza en presentar la demanda explicaría que la Administración no tuvo más remedio que darle al pazo un tratamiento de propiedad privada. Aunque en el juicio, sentenció, ha quedado demostrado que hubo una «posesión viciada que ha impedido la reacción del legítimo propietario», el Estado, que es quien pagaba además todos los gastos generados por la finca.
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