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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido el recurso presentado por el expresidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, y los exmiembros de la mesa Kontxi Bilbao y Gorka Knörr contra la sentencia del Tribunal Constitucional que validó la condena previa del Supremo, ... en abril de 2008, a los citados exparlamentarios por un delito de desobediencia.
La corte con sede en Estrasburgo ha condenado por unanimidad al Estado español por la inhabilitación que provocó la condena a Atutxa, Bilbao y Knörr por no ilegalizar en 2003 al grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak tras la ilegalización de Batasuna en 2003. Por ocho votos a cuatro, el Supremo castigó al expresidente del Parlamento Vasco con 18 meses de suspensión a cargo público y un año a sus compañeros nacionalistas.
El TEDH otorgó una indemnización de un euro a cada uno de los tres demandantes por los daños morales generados, tal y como como habían reclamado, y 600 euros para cada uno por gastos y honorarios.
El argumento central de la sala, presidida por Helena Jäderblom, y que contó con otros seis jueces, entre ellos el español Luis López Guerra, ha sido que se vulneró el artículo 6.1 de la convención europea, esto es, el derecho de los condenados a un juicio justo debido a que "las cuestiones que debían ser examinadas por el Tribunal Supremo necesitaban la apreciación directa del testimonio de los demandantes". Es decir, que no fueron escuchados por la sala que decidió convertir la absolución decretada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en una condena.
La decisión de la corte europea deja tocada la validez de la llamada 'doctrina Atutxa', desarrollada por el Supremo para justificar la condena a diferencia de la llamada 'doctrina Botín', que impidió la apertura de un proceso contra el presidente del Banco Santander, ya fallecido, a instancia en exclusiva de la acusación popular del procedimiento, es decir, sin que la Fiscalía acuse.
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