Absuelta la primera alcaldesa juzgada por el 1-O

La primera edil de Roses estaba acusada de desobedecer al Tribunal Constitucional

Cristian REINO

Barcelona

Miércoles, 16 de diciembre 2020, 13:30

Montserrat Mindan, alcaldesa de Roses (Girona), ha sido absuelta de un delito de desobediencia por el que fue juzgada por su presunta colaboración con el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Mindan (JxCat) fue la primera edil juzgada por su presunta participación en ... el 1-O, una causa por la que están procesados decenas de alcaldes. El último que fue juzgado, esta misma semana, Bernat Solé, exalcalde de Agramunt (Lleida) en octubre de 2017, es ahora consejero de Acción Exterior de la Generalitat.

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La jueza considera, en su sentencia, que «no existe prueba de cargo suficiente que le haga acreedora del reproche penal». «Los hechos declarados probados en la presente resolución, en lo que se refiere a la participación de la acusada, no son constitutivos de infracción criminal, por lo que la conducta de la acusada no debe ser objeto de reproche penal, no resultando acreditada la participación de la misma en los hechos enjuiciados», apunta. Mindan estaba acusada de desobediencia al Constitucional por haber facilitado presuntamente la apertura de locales municipales para la votación del 1-O. Una acusación similar a la de otros alcaldes, que facilitaron locales municipales para la votación.

La jueza, en cambio, señala que del resultado de la vista oral y tras valorar toda la prueba «no puede concluirse que la conducta de la acusada vulnere lo dispuesto en la resolución del Tribunal Constitucional». «Máxime cuando después de un apercibimiento genérico de impedir o paralizar iniciativas, establece un mandato más particular y concreto, y es la abstención de una serie de acciones, abstención que se ha probado debidamente que la acusada realizó», según la sentencia.

En concreto, el fallo del juzgado penal 1 de Figueres (Girona) afirma que la acusada «no dio órdenes expresas ni tácitas al objeto de contravenir la resolución del Tribunal Constitucional». Así, niega que la alcaldesa abriera las puertas de un colegio para las votaciones. Y tampoco abrió, según la sentencia, el consistorio de Roses, ni entregó las llaves a ningún regidor para que procediera a la apertura de la sala de plenos, a fin de realizarse las votaciones, ni era tampoco conocedora de todas las personas que estaban en posesión de las llaves de todos los locales municipales, apunta el fallo.

La alcaldesa se enfrentaba a un año de inhabilitación. Tras el 1-O, el fiscal general del Estado imputó a más de 700 alcaldes de toda Cataluña. Decenas de ellos han sido procesados y juzgados.

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