Secreto periodístico o noticias de chichinabo

Ana Azurmendi | profesora de Derecho de la Comunicación. Facultad de Comunicación. Universidad de Navarra. Autora de 'Derecho de la Comunicación. Guía jurídica para profesionales de los medios'. Eunsa. Pamplona. 2016.

Sábado, 4 de junio 2016, 16:32

Aunque nos parezca mentira, los políticos tienen derecho al honor y a la intimidad. No podía ser de otro modo. De lo contrario abocaríamos a todo el que se dedique a la actividad pública a un linchamiento permanente que muy pocos estarían dispuestos a sufrir. ... Está bastante más claro que los ciudadanos tienen, y ejercen, un derecho a la crítica sobre las actuaciones de los políticos en activo. Por lo tanto, cabe admitir, como hace el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que () siendo cierto que la prensa no debe traspasar los límites establecidos para la protección de la fama ajena, esos límites son más amplios en relación a un político considerado como tal (), porque éste a diferencia de un particular- se expone inevitable y deliberadamente a una fiscalización atenta de sus actos y gestos ()(Lingens v. Austria, 1986, n.40).

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Pero donde quizá se sitúa la duda es en el reportaje-noticia- crónica con tres características que la convierten en explosivo/a: la primera e imprescindible, sí, se trata de una información veraz que contribuye al debate de interés general en una sociedad; la segunda característica es que se daña la reputación de un personaje público, cuando esa reputación es su oxígeno para vivir en la vida pública; y la tercera, y es la que más carga la duda, esa información se ha obtenido por fuentes que han roto su obligación moral, muchas veces legal, de confidencialidad. Las razones para esta última conducta son innumerables: las fuentes pueden actuar así por dinero, por despecho, por envidia, por venganza, por fastidiar, por sacar a la luz una situación injusta, por quitarse de en medio a alguienNo se libra nadie. Ni garganta profunda del caso Watergate era un santo ni en casos más recientes -como el affaire Kelly de la BBC- quedan bien ni fuentes ni periodistas. Pero lo esencial es que la información que se difunda en los medios de comunicación sea cierta y relevante.

¿Y qué garantías tenemos de que un medio de comunicación que promete no identificar a sus fuentes ha actuado correctamente aquí y ahora?

No queda más remedio que aplicar criterios de ponderación y de proporcionalidad, como en tantas situaciones de la vida social. Se asume que el periodista o el medio de comunicación habrá actuado de forma certera en la medida en que exista una proporcionalidad entre el grado de importancia que tiene para la sociedad la difusión de esa noticia y el grado de sacrificio del derecho al honor que se impone a la persona de proyección pública sobre la que se informa. De la misma forma habría que añadir un segundo examen de proporcionalidad entre el tipo de conducta que ha permitido a la fuente ofrecer al periodista la información y el calado de la información finalmente difundida en los medios.

Es evidente que pueden cometerse errores. Pero también lo es que anular el secreto periodístico significaría desactivar el papel del periodismo de ser perro guardián de la democracia. Por la simple razón de que las fuentes dejarían de ayudar con su información a los periodistas (cfr. Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Campana y Mazare v. Rumanía, 2004, n. 28 y Koutsoliontos y Pantazis v. Grecia, 2015, n. 39). Y entonces no tendríamos más que noticias de chichinabo. Deberíamos olvidarnos de las noticias de verdad.

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