Secciones
Servicios
Destacamos
S. M.
Madrid
Martes, 22 de septiembre 2020, 18:25
Muchas de las ciudades españolas ya han limitado la velocidad de 30 kilómetros por hora a todas sus calles, unas limitaciones que, en caso de superarlas, implican multas desde 100 euros y hasta la pérdida de puntos del carné de conducir si la velocidad es ... mucho mayor a la permitida.
Concretamente, la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos. El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros, tal y como se recoge en la siguiente tabla:
Además, el artículo 379 del Código Penal establece que «el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años».
Incluso el sistema de Permiso por Puntos contempla también la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido. Y, por último, también cabe recordar que un agravante como la conducción temeraria aumentaría estas cifras.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.