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Imagen de una señal que indica el límite de velocidad ABC
Llegan los nuevos límites de velocidad de 20 y 30 km/h en ciudad

Llegan los nuevos límites de velocidad de 20 y 30 km/h en ciudad

La DGT recuerda en redes sociales que en breve serán efectivas las reformas realizadas en la normativa de tráfico

Patxi Fernández

Madrid

Lunes, 12 de abril 2021, 17:22

El pasado mes de noviembre de 2020 el Gobierno anunciaba la adopción de nuevas medidas y reformas en la normativa de tráfico, con el objetivo de reducir la siniestralidad especialmente en lo que se refiere a los usuarios de las vías más vulnerables.

Los ... cambios entran en breve en vigor, tal y como recoge el Real Decreto 970/2020 que modificaba el artículo 50 del Reglamento General de Circulación para establecer nuevos límites de velocidad en zonas urbanas.

El real decreto señalaba que estos límites entrarían en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que tuvo lugar el pasado 11 de noviembre de 2020. Por tanto, los cambios de velocidad en las vías urbanas se harán efectivos el próximo 11 de mayo.

Los nuevos límites dependen del tipo de vía serán de 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera; 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido y travesías.

La normativa recoge que los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no serán contabilizados, y los vehículos que transporten mercancías peligrosas circularán como máximo a 40 km/h en las travesías y vías de dos o más carriles por sentido.

El real decreto también establece que las velocidades genéricas podrán ser rebajadas por la Autoridad Municipal previa señalización específica. Cada Ayuntamiento también podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h, siempre que se señalice de forma específica.

En cuanto a las carreteras convencionales, los turismos y motocicletas no podrán rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. La propia DGT se ha encargado de recordar los nuevos límites a través de su cuenta de Twitter.



Otras medidas adoptadas son el aumento de 3 a 6 puntos que se retirarán en las sanciones por utilizar el teléfono móvil de manera manual (sin manos libres), así como el aumento de 3 a 4 puntos por no utilizar el cinturón de seguridad, el casco, y otros elementos de protección.

Otras medidas desveladas por el ministro del Interior es la calificación como 'infracción grave' del hecho de llevar en el vehículo dispositivos de detección de radares, lo que supondrá la sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos en el carné de conducir. En la actualidad solo está sancionado su uso durante la conducción, pero según el ministro «se ha demostrado que, ante un control vial, los conductores los desactivan para impedir que los agentes de Tráfico puedan acreditar su utilización, por lo que una vez aprobada la reforma se sancionará su mera tenencia».

Además, la reforma incluye una nueva infracción muy grave, definida como «cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados». En este caso la sanción será de 500 euros y 6 meses sin poder presentarse al examen de conducir.

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