Victorino Alonso, en una imagen de archivo.

El 'Feixolín' sienta este lunes en el banquillo a Victorino Alonso con una pena de ocho años y tres meses

La Audiencia Provincial juzgará hasta el 27 de septiembre al empresario y a su apoderado por un delito contra los recursos naturales así como al exalcalde de Villablino, que se enfrenta a 15 meses de prisión

a. cubillas

León

Domingo, 23 de septiembre 2018, 18:43

El 'Feixolín' vuelve a sentar a Victorino Alonso en el banquillo de los acusados.

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La Audiencia Provincial de León juzgará desde este lunes y hasta el27 de septiembre al empresario minero, gerente de MSP –antigua Coto Minero Cantábrico- y a su apoderado, ... Javier Tascón por un presunto delito continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente tras la explotación de la minera durante 13 años.

Ambos se enfrentan a una pena de ocho años y tres meses de prisión así como el pago de una multa a razón de 15 euros diarios durante 49 meses y 15 días, con la responsabilidad subsidiaria en caso de incumplimiento de un año de prisión.

Asimismo, se le impone la inhabilitación especial para el ejercicio en la administración, dirección o gerencia de cualquier empresa de extracción o tratamiento de mineras durante ocho años y tres meses.

El Ministerio Fiscal además impone la obligación de proceder a la restauración completa del daño ecológico y ambiental causado por la MSP y CMC de la cantera del 'Feixolín' con el derribo de todas las edificaciones y construcciones humanas existentes.

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Junto a ello, el exalcalde de Villablino, Guillermo Murias, que se enfrenta a un apena de 15 meses de prisión así como la inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión durante ocho años y seis meses acusado de un delito de prevaricación urbanístico tras otorgar la licencia por silencio administrativo el 22 de marzo de 1999 para la explotación minera.

Los hechos

Según el escrito del Ministerio Fiscal al que ha tenido acceso leonoticias, las sociedades 'Minero Siderúrgica de Ponferrada' - fundada el 31 de octubre de 1918- y su sucesora Coto Minero Cantábrico –constituida en junio de 2008- llevaron a cabo de forma continuada e ininterrumpida la explotación minera del 'El Feixolín' en Villablino, entre los años 1995 y 2008.

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La actividad de ambas empresas en el 'Feixolín' se desarrollada en 210 hectáreas de manera plenamente consciente y deliberada en suelo rústico común y rústico de especial protección forestal según el PGOU de Villablino. Además, contaba con todos los elementos necesarios para el funcionamiento de una cantera de grandes dimensiones -dos pistas de acceso, balsa de decantación, escombreras y naves industriales-, que no se adaptaban a la legalidad vigente.

Precedentes

Las primeras autorizaciones para la explotación del cielo abierto se recibieron en 1986 y la actividad se desarrolló con normalidad hasta 2006, momento en el que se ordenó una primera paralización de la corta por entender que las licencias disponibles no eran adecuadas.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de León ordenó la suspensión de explotación del Feixolín, al entender que la actividad minera en el cielo abierto era ilegalizable, siendo imposible su regularización. Además, remarcaba la gran protección ambiental de la zona por la que se incoó un procedimiento en el 2001.

Sin embargo, la mina continuó funcionando a pesar de que la autoridad judicial consideraba que no contaba con las licencias pertinentes, y ante la petición de paralización, la empresa amenazó con el despido de medio millar de mineros en la que estaba considerada la mayor explotación a cielo abierto de la zona, donde se calcula que se llegaron a obtener hasta tres millones de toneladas de carbón.

Años más tarde, en el 2009, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León obligó a la Junta a adoptar las medidas necesarias para la clausura de la actividad minera desarrollada por la empresa Minero Siderúrgica de Ponferrada en el Feixolín así como la apertura de un expediente sancionador a Coto Minero Cantábrico de la explotación por el daño causado.

El Feixolín se encuentra enclavada en el Espacio Natural 'Alto Sil' y en la Red Natura 2000 además es una zona con presencia clara de especies en peligro de extinción como el oso pardo y el urogallo cantábrico. Asimismo, el territorio fue declarado por la Unesco en 2004 como Reserva de la Biosfera 'Valle de Laciana'.

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Según las conclusiones del Ministerio Fiscal, la actividad desarrollada por ambas empresas ha provocado «una afección gravísima para el medio ambiente y el entorno natural incluso después de la intensa labor de restauración llevada a cabo en la zona».

Concretamente, la explotación del Feixolín causó un paisajístico y provocó la destrucción de forma directa de dos afluentes de los ríos Orallo y San Miguel y la explotación una vez restaurada supone un resigo moderado respecto a la contaminación de aguas superficiales.

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Además, la cantera se asienta de forma plena sobre tres hábitats de flora de interés comunitario que se vieron afectados de forma directa y significativa y su explotación afectó de «modo grave» al oso pardo y al urogallo cantábrico.

Defensa

En una extensa exposición, la defensa del exalcalde Guillermo Murias asegura que los hechos descritos por la Fiscalía no son constitutivos de un delito de prevaricación urbanística ni por el otorgamiento de licencia por silencio administrativo ni por haber consentido, tolerado o amparado una actividad que posteriormente sería declarada ilegal, sin que su cliente respondientes en concepto de autor del mismo. Por todo ello, entiende que no procede imponer pena alguna y solicita su libre absolución.

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