leonoticias
Sábado, 27 de mayo 2017, 21:03
La noticia fue amarga y la única vía de salvación parecía clara. Promiset, la mercantil a quien Uminsa cedió los derechos de arrendamiento sobre las explotaciones mineras, se antoja como la única manera de mantener los 160 puestos de trabajo.
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En un comunicado, Uminsa hace ... un relato de los hechos acaecidos en este tiempo de periplo judicial. Así, en noviembre de 2016 Hunosa «instó del Juzgado de Primera Instancia Nº5 de Oviedo la ejecución provisional de las resoluciones adopadas, acordando éste la misma contra todo el patrimonio de Uminsa sin que la oposición primero, y el recurso de apelación después, hayan servido para evitar que se mantenga en tales términos».
Como consecuencia de este «inesperado» criterio de los tribunales de Oviedo, Uminsa «se vio privada de las ayudas al carbón de 2016, que le han sido abonadas a Hunosa por el Juzgado de Primera Instancia Nº5 de Oviedo, en una cifra de unos 8,00 M¤, bloqueando la actividad de UMINSA que, desde febrero de 2017, tiene a su plantilla en desempleo temporal».
En el referido texto, Uminsa señala que «al mantenerse como contratista de Promiset, conseguía salvar sus compromisos con los trabajadores, facilitando que toda su plantilla se pudiera acoger a los beneficios sociales del Marco de Actuación para la Minería del Carbón y las Comarcas Mineras en el período 2013-2018 -sobre prejubilaciones y bajas indemnizadas-, para lo cual ya tiene acordado con el Comité de Empresa un ERE extintivo de carácter plurianual que contempla prejubilaciones anticipadas de 2017, ordinarias de 2018, bajas indemnizadas de 2017 y 2018, y que afecta prácticamente al 100% de la plantilla. Lamentablemente, pese a esto último, no ha sido posible conseguir contratos de suministro a las Compañías eléctricas».
Por todo ello, «y no sin lamentarlo mucho -pues está convencida de que hubiera podido salir adelante y cumplir con todos sus acreedores-, el pasado lunes día 22 de mayo solicitó del Juzgado, al amparo de lo prevenido en el artículo 142.2 de la Ley Concursal, la apertura de la liquidación de la Compañía con los efectos inherentes a tal declaración».
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