Fachada de la Audiencia Provincial de León.

El TSJ confirma la condena por estafa, al hacerse pasar por psicóloga, a dos familias

Por el delito de estafa agravada continuada se impone a la acusada la pena de 3 años de prisión y multa

I. Santos

León

Jueves, 10 de agosto 2023, 11:16

El TSJ confirma la condena por estafa a la presidenta de la asociación contra la ludopatía. Tras el recurso presentado el tribunal ha desestimado las apelaciones interpuestas por la condenada, así como la presentada por la acusación particular y confirma «íntegramente» la condena que la ... Audiencia Provincial de León dictó en octubre de 2022.

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Así, por ésta sentencia, cabe recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, que podrán prepararse en la misma sala.

La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León considera que la acusada Rafaela cometió un delito continuado de estafa agravada, considerando que existe continuidad y nexo temporal entre los dos delitos de estafa, el primero consumado en el mes de marzo de 2013, y el segundo iniciado en el mes de septiembre de 2015. A pesar de ello, la absuelve del delito de intrusismo y de complicidad al marido de Benita, en la realización del delito continuado de estafa, al no haber pruebas suficientes.

A juicio de la sala enjuiciadora, concurren los elementos del delito de estafa, y así, como más significativo la maniobra «torticera y falaz por medio de la cual la acusada ocultando la realidad o alterándola y utilizando una apariencia de verosimilitud para ganar la voluntad del perjudicado». Para todo ello creó una asociación y haciéndose pasar por psicóloga, engañó a sus víctimas y con ánimo de lucro, las perjudicó económicamente.

Los hechos probados por la Audiencia

Tras el juicio, la Audiencia Provincial de León consideró que el primero de los hechos que integran el delito continuado de estafa y que tuvo como víctima a Sara, fue porque la acusada generando esta apariencia de realidad y haciéndose pasar por psicóloga engañó a la víctima manifestándole que se dedicaba al tratamiento de una enfermedad relacionada con la obesidad, logrando que su hija estuviera «ingresada» en su domicilio cuatro años. El tratamiento que la acusada vendía se limitaba a charlas con la menor y dietas alimenticias. Además también engañó a Sara haciéndole creer que podía ejercitar acciones judiciales por un accidente que su hija tuvo en el colegio, consiguiendo que le transfiriera cantidades de 17200 euros, siendo toda una falacia ya que nunca existió procedimiento judicial alguno.

En relación con el segundo de los hechos que integra el delito continuado de estafa, igualmente la acusada engañó a Rosario, quién padecía un importante deterioro cognitivo, siendo diagnosticado de demencia del lóbulo temporal- logrando que le dejara a su cuidado, ya que decía ser psicóloga. Y con este engaño logró que la familia de la víctima le entregaran 18.809 euros.

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Por el delito de estafa agravada continuada se impone a la acusada la pena de 3 años de prisión y multa. Las cantidades defraudadas expresadas son las que deben ser indemnizadas a los perjudicados.

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