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El Tribunal Supremo revisará el próximo 29 de noviembre los recursos presentados contra la sentencia del denominado 'caso Arandina', por la que se absolvió a uno de los exjugadores de la Arandina (Raúl Calvo) y se rebajó la pena de los otros dos dejándola en ... cuatro (Carlos Cuadrado 'Lucho) y tres años de prisión (Victor Rodríguez 'Viti').
Esta revisión llega en medio de la polémica por la revisión de condenas por delitos sexuales en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como la 'ley del solo sí es sí'.
El abogado de Víctor Rodríguez y Raúl Calvo, Rafael Uriarte, explica que esta fecha ya se conocía desde hace unos meses y que no se dictará sentencia ese día, sino que los magistrados mantendrán una reunión para estudiar la sentencia y los recursos presentados. «Cuando hay un recurso se reúnen y votan, luego la sentencia saldrá cuando decidan que tenga que salir», señaló.
Asimismo, en relación a si la conocida como 'ley del solo sí es sí' afectará de alguna manera a los acusados y a las penas impuestas hasta el momento, el abogado explicó que el Tribunal Supremo, a la hora de aplicar la sentencia tendrá que aplicar «la norma más favorable al reo», y recordó que al haber sido recurrida, la sentencia de los tres jóvenes «no es firme todavía», sino que el Supremo tiene la «última palabra».
En este punto explica que todavía no saben si esta ley será menos o más favorable para los tres acusados, porque las circunstancias son «distintas para cada uno», y por tanto, hasta que no se resuelva el caso no «harán cuentas». «Es una pelota en el tejado de los magistrados, no en el nuestro».
Por último señaló que espera que la sentencia del Supremo se resuelva conforme a su petición, que pide que se absuelva a los dos jóvenes que representan «porque son inocentes».
La Audiencia Provincial de Burgos condenó a cada uno de los tres exjugadores de la Arandina a 38 años de cárcel por agresión sexual a una menor en 2017. Sin embargo, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León resolvió mediante sentencia, en marzo de 2020, los recursos de apelación interpuestos por las defensas de los tres acusados, y absolvieron a uno de ellos, y redujeron a tres y cuatro las penas de los otros dos. Además, calificó los hechos como un delito de abuso sexual en lugar de agresión sexual.
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