Los jugadores, en el momento de acudir a recoger la sentencia. Susana Gutiérrez

Condenan a 38 años de cárcel a los leoneses 'Lucho' y 'Viti' por agredir sexualmente a una menor

El juez condena con la misma pena a otro de los jugadores, Raúl Calvo | Se fija una indemnización de 50.000 euros de la cual responderán en forma conjunta y solidaria todos los acusados | Igualmente se imponen medidas de prohibición de comunicación con la víctima y también libertad vigilada durante 10 años

Leonoticias

Burgos

Jueves, 12 de diciembre 2019

Una de la sentencias más esperadas del año en España ya ha visto la luz. El juez de la Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a los tres exjugadores de la Arandina, Raúl Calvo, y los leoneses Carlos Cuadrado «Lucho» y Víctor Rodríguez «Viti» por agredir sexualmente a una menor de 15 años, en el piso que compartían los futbolistas en la localidad burgalesa en noviembre de 2017. El juez ha condenado a penas de 38 años de prisión a los jugadores implicados en este caso

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Según la sentencia se condena a cada uno los acusados como autores de un delito de agresión sexual, con acceso carnal en forma bucal, respecto de la denunciante (menor de 16 años) en la fecha de los hechos.

Se aprecia la existencia de intimidación ambiental por el hecho de haber actuado los tres acusados sobre la víctima, en el piso de éstos, con la luz apagada y por sorpresa, sin que la menor pudiera reaccionar, debido a la diferencia de edad y complexión física de los acusados.

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Galería. Los jugadores, este jueves, en la Audiencia de Burgos. Ical

Testimonio corroborado

Se ha tomado en consideración el testimonio de la denunciante, en cuanto resultó corroborado por los de aquellas personas más allegadas y por el informe psicológico.

Si bien la postura de la denunciante fue diferente al relatar los hechos a sus conocidos, por influencia de las redes sociales, se aprecia credibilidad a su versión en cuanto refiere que no realizó los hechos voluntariamente.

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Igualmente, según el auto, se considera probado que los acusados conocían que la denunciante tenía menos de 16 años, iba al colegio con uniforme y su madre y otros testigos se lo habían dicho.

Cooperación necesaria

Las penas impuestas se corresponden con la aplicación de la doctrina de la cooperación necesaria, y por ello cada uno de los acusados es condenado como autor por los hechos realizados por el mismo y como cooperador por lo realizado por los demás.

Se absuelve a todos del delito de proposición de actividades sexuales; y a uno de los acusados, por su madurez similar a la de la víctima (conforme al informe psicológico) y falta de corroboración, del delito de agresión sexual continuada por el que se acusaba.

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Indemnización

Se fija una indemnización de 50.000 euros de la cual responderán en forma conjunta y solidaria todos los acusados. Así mismo, se imponen medidas de prohibición de comunicación con la víctima y también libertad vigilada durante 10 años.

El máximo cumplimiento de la pena de prisión se fija en 20 años, conforme a lo dispuesto en el Código Penal. Los posibles recursos serán resueltos por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL.

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