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LEONOTICIAS
Miércoles, 21 de febrero 2018, 10:36
La tendencia judicial existente en el resto de España de reconocer la nulidad de muchos préstamos hipotecarios concertados en divisas, ha llegado también a León. El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de León ha dictado una sentencia que acuerda la nulidad de un préstamo concedido en yenes –moneda de Japón- por el Banco Popular a una consumidora que acudió al mismo interesada en obtener un préstamo para la adquisición de su vivienda.
El juzgado de León reconoce ahora en su sentencia que el banco le ofreció esta modalidad de préstamo sin informar adecuadamente a la consumidora de las características y riesgos de contratar en yenes, especialmente de las graves consecuencias que podía tener para la consumidora una posible depreciación del euro respecto a la divisa contratada, como así ocurrió en los años posteriores.
Pese a que la sentencia aún no es firme y puede ser recurrida por cualquiera de las partes, sí marca una tendencia que es la misma que se está dando en el resto de España respecto a estos préstamos concedidos en divisas, como explica Bernardo García Angulo, el letrado del bufete leonés Álvarez-Higuera Abogados, que ha sido el encargado de llevar este proceso.
“Las conocidas como ‘hipotecas multivivisa’ fueron una opción contractual que ofrecían algunos bancos en los años previos e iniciales de la crisis. En esos préstamos hipotecarios, en lugar de utilizar como referencia el euro, se vinculaban a divisas extranjeras, aprovechando la fortaleza que en aquellos momentos tenía el euro".
De lo que no informaban correctamente las entidades financieras, continúa el letrado, era que esa situación de debilidad que entonces tenían las divisas utilizadas podía darse la vuelta y, con ello, que las cuotas a pagar para la amortización de los préstamos, "que en el momento de la firma eran más bajas que las de los préstamos concertados en euros, acabaran siendo inasumibles”, apunta García Angulo definiendo una situación que ha llevado a muchos consumidores –pese a pagar puntualmente sus cuotas- a deber a los bancos una cantidad mucho mayor de la que habían solicitado en el momento de la firma de su hipoteca.
Aquella circunstancia, que aprovecharon algunos bancos para comercializar más préstamos que la competencia que los ofrecía en euros, pronto cambió y cuando la cotización de la divisa frente al euro se empezó a apreciar produjo graves pérdidas a los prestatarios, que en muchos casos se han visto obligados a devolver todo el capital pendiente de amortización en un solo pago -y la consiguiente pérdida de su vivienda- a pesar de no haber incumplido ninguna cuota.
“Un riesgo que no desaparecerá hasta la cancelación del préstamo, y cuyas vicisitudes van a ir dependiendo, en cada momento, de la cotización de la divisa contratada”, previene Bernardo García Angulo, especialista en estas reclamaciones a las entidades financieras, entre las que una de las menos conocidas hasta ahora, pero no poco frecuentes es la hipoteca en divisas que afecta a centenares de leoneses, a quienes esta sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de León abre una posibilidad de reclamar la regularización de una "situación angustiosa para muchas familias".
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