«En la provincia de León tenemos un 13,6% del personal sanitario por encima de 62 años y mayores de 55 un 46%» Esta situación de envejecimiento de los más de 8.000 profesionales sanitarios de la provincia de León es uno de los ... motivos por los que medio centenar de trabajadores de sanidad de León, convocados por CSIF, se han concentrado ante la Subdelegación del Gobierno en León para exigir la posibilidad de la jubilación anticipada voluntaria por coeficiente reductor para todos los empleados de sanidad.
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Carlos Javier Reguera Pintor, responsable del sector de Sanidad Provincial de León de CSIF señala que los trabajadores de instituciones sanitarias tienen unas condiciones laborales específicas que justifican que tengan acceso a coeficientes de reducción que facilitan su acceso a la jubilación anticipada, por su sometimiento a un excepcional índice de penosidad, peligrosidad, insalubridad o toxicidad que marca la normativa legal.
«Los trabajos relacionados con el sector sanitario en general tienen riesgos laborales específicos originados por actividades, instalaciones y equipos específicos del sector sanitario (riesgos biológicos, químicos, radioactivos, psicosociales…) además de los riesgos propios asociados a cada lugar de trabajo, que determinan un plus de peligrosidad», añade Reguera.
Además, debido al estrés que provoca en el profesional, hace que se incrementen los riesgos de presentar una enfermedad profesional o accidente laboral, así reconocida en muchas de ellas, tales como Infartos de miocardios, Ictus… Igualmente la penosidad a la que están sometidos dichos profesionales, con turnos rotatorios, guardias de 24 horas; sin respetar fines de semanas ni festivos, salidas del centro de salud y acudir a domicilios particulares; hacen que su trabajo sea de alta penosidad; muchas veces limitando la conciliación familiar (reconocido al efecto como complemento específico de FRP y destinado a retribuir las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad).
La Legislación prevé que la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca, se encuentren en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplan los demás requisitos generales exigidos.
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Para ello, se han realizado múltiples acciones, entre otras ha demandado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones por no activar los mecanismos para incluir al personal de Sanidad en la jubilación anticipada por coeficientes reductores; entrega más de 60.000 firmas de profesionales de la sanidad al ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones; solicitud de amparo al Defensor del Pueblo o la realización de concentraciones en la puerta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
«Es un clamor de todo el colectivo de profesionales de la sanidad, porque es de justicia y por todo lo expuesto hasta ahora afirmamos que los trabajadores de instituciones sanitarias tienen unas condiciones laborales específicas que ya de por sí justifican que tengan acceso a coeficientes de reducción que faciliten su acceso a la jubilación anticipada», concluyen.
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