El Consejo de Gobierno extraordinario de la Junta de Castilla y León aprobó una serie de obligaciones y recomendaciones que se aplicarán durante la Semana Santa en el conjunto de la comunidad. Las medidas entrarán en vigor el próximo viernes, 26 de marzo, ... y estarán vigentes hasta el 9 de abril.
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El objetivo de estas nuevas medidas es «reducir la posibilidad de contagios en los ámbitos sociales en los que, epidemiológicamente, se siguen registrando el mayor número de brotes de la enfermedad y, especialmente, ante la próxima concentración de días festivos, con vacaciones escolares, universitarias y laborales que, tradicionalmente, han propiciado la movilidad ciudadana, con un altísimo número de desplazamientos y un aumento de reuniones entre no convivientes», según explica un comunicado del gobierno regional.
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Pero, ¿qué pueden hacer los leoneses en estos días festivos?
Se limita la permanencia de grupos en espacios públicos, ya sean estos abiertos o cerrados, a un máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes; en espacios privados, las reuniones se limitarán únicamente a convivientes.
Este texto recoge asimismo que la anterior limitación no afectará a la confluencia de personas en dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen preventivo y de control autorizado por la autoridad sanitaria (por ejemplo, en el ámbito hostelero, en el que el Acuerdo 76/2020 habilita la permanencia de seis personas máximo por mesa en terraza), y tampoco a las actividades laborales e institucionales ni a aquellas otras en las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
La Junta ha tomado la determinación de prohibir jugar a las chapas. Este juego, tan popular en Semana Santa, no se podrá practicar este año ni al aire libre ni en ningún local cerrado, incluídos los establecimientos hosteleros. Se ha adoptado esta medida en conformidad con la prohibición de la celebración de eventos que impliquen aglomeración de personas.
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Tanto en grandes establecimientos comerciales (centros comerciales) como en establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales el aforo máximo será de un tercio y se debe respetar el horario del toque de queda establecido. Si los centros comerciales disponen de varias plantas el aforo será de un tercio por planta.
Durante la Semana Santa no se podrán celebrar eventos masivos de cualquier índole que impliquen aglomeración o concentración de personas. No obstante, se permite la celebración de actos religiosos de Semana Santa siempre que cuenten con la autorización y teniendo en cuenta que sólo podrá hacerse en recintos acotados, en los que las imágenes permanezcan estáticas y estableciendo por diferentes lugares la entrada y salida del público.
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No se podrá superar el tercio del aforo y se deberá garantizar en todo caso, la distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso obligatorio de mascarilla.
La Junta recuerda además que se mantiene el cierre perimetral de la comunidad autónoma, lo que impide la movilidad más allá de las fronteras de Castilla y León. De ahí que desde la Delegación del Gobierno hayan advertido de que se reforzarán los controles durante estos días.
Además, el toque de queda seguirá entrando en vigor a las 22:00 de la noche, hasta las 06:00 de la mañana.
Desde la Junta recomiendan extremar las medidas de prevención y, a las autoridades responsables en cada momento, vigilar por su cumplimento. Por ejemplo, en líneas generales piden que se extreme la vigilancia del uso de mascarilla, el lavado de manos frecuente, el respeto a la distancia física de seguridad interpersonal, maximizar la ventilación de espacios cerrados, minimizar el número de contactos y permanecer en el domicilio en caso de tener síntomas de la enfermedad.
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A los establecimientos de hostelería se les pide que refuercen la ventilación de los espacios interiores y el mensaje de mantener el uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo, evitando asimismo comer de un mismo plato.
Se recomienda a los ayuntamientos favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre de manera que se incremente la proporción de espacios abiertos disponibles para la ciudadanía, en comparación con los espacios cerrados en los «que existe mayor riesgo de transmisión», para la realización de eventos culturales, actividades para la Infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto en relación con la celebración de eventos con elevada afluencia de público. Asimismo, se recomienda no ingerir alimentos o bebidas en la calle, salvo en los espacios acondicionados para ello.
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Siempre que sea posible se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y garantizando el cumplimiento de la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.
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