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El Procurador del Común recibió una queja en la que se denunciaban las deficiencias existentes en el cierre ganadero instalado alrededor de la zona residencial de la Estación de esquí de San Isidro que, en su día, se había comprometido a solucionar la Diputación ... de León, deficiencias que provocan que el ganado con frecuencia deambule por la zona urbana y a lo largo de la carretera LE-331, lo cual ocasiona daños y supone peligro de accidentes para los residentes de la zona y visitantes.
Los hechos que se denunciaban ponían de manifiesto los desperfectos causados por las reses en las zonas urbanas de la estación, particularmente daños en diferentes zonas comunes e incluso accidentes de tráfico a causa del mal estado del vallado y la falta de una delimitación adecuada y segura de los lugares de pasto en verano.
Admitida la queja a trámite, se constató que dichos terrenos pertenecían a la Diputación de León, habiéndose cedido su aprovechamiento ganadero durante la época estival por un largo periodo de tiempo a la Junta Vecinal de Puebla de Lillo, mediante convenio, y que los elementos comunes y las dotaciones urbanísticas habían sido cedidas y recepcionadas en el año 2013 por el Ayuntamiento de Puebla de Lillo.
Pues bien, con el fin de garantizar durante los veranos la coexistencia del uso ganadero extensivo con los usos recreativo y residencial, el defensor del pueblo de Castilla y León ha formulado una Resolución en la que se determinan las actuaciones que deberían adoptar cada una de las tres entidades concernidas, puesto que se considera que las tres tienen que contribuir, en el marco de sus competencias, para solventar el problema.
Así, en primer lugar, se instó a la Diputación de León para que, en colaboración con la Junta Vecinal de Puebla de Lillo y con la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, apruebe un Plan de carga ganadera que determine, entre otras cuestiones, el número máximo de cabezas de ganado (UGM's) que pueden pastar en las zonas clasificadas como Suelo Rústico de Protección Natural-Estación Invernal y Suelo Rústico de Protección Natural-Estación de Montaña, su distribución y régimen de aprovechamiento, así como el período de disfrute, fijando las fechas de entrada y salida de los animales en dicho terreno propiedad de la Institución provincial, debiéndose respetar en todo caso los términos recogidos en los Convenios suscritos el 7 de noviembre de 1997 y de 25 de octubre de 1998 por la Diputación con la citada Entidad local menor.
Además, se ha de implantar un sistema efectivo de cierre ganadero que delimite claramente la zona acotada para pastos durante la época estival, garantizando de esta forma tanto la tranquilidad de los vecinos y propietarios de la zona urbana del Puerto de San Isidro, como la seguridad del tráfico viario de la carretera LE-331, para lo que se ha de contar con la autorización de la Administración autonómica titular de dicha vía. Por razones de seguridad, también se ha de proceder a la retirada de aquellos materiales y restos de antiguos cerramientos (alambre de espino) en desuso que pudieran hallarse en el entorno.
Por último, se recomienda que en el futuro Plan de carga ganadera que se apruebe se valore, por parte de la Diputación, la posibilidad de ubicar alguna instalación que permita el manejo, la carga y descarga del ganado en la zona clasificada como Suelo Rústico de Protección Natural, evitando así la utilización, como hasta ahora, de las zonas comunes o de alguna dotación, señaladamente la pista polideportiva, situadas en la zona urbana del Puerto de San Isidro, para usos que no son los propios.
En cuanto al Ayuntamiento de Puebla de Lillo, se insta a que, como entidad responsable en la conservación y mantenimiento de las obras de urbanización y dotaciones urbanísticas existentes en el área residencial del Puerto de San Isidro, adopte las medidas pertinentes para impedir la utilización de dichos espacios para el manejo y la carga y descarga de ganado, notificando dicha circunstancia a la Junta Vecinal de Puebla de Lillo, como adjudicataria del aprovechamiento ganadero existente en los terrenos rústicos propiedad de la Diputación de León. Además, se le recuerda la necesidad de mantener las calles de las zonas urbanizadas en adecuadas condiciones de salubridad, procediendo, en su caso, a la limpieza de los residuos ganaderos que pudieran aparecer en las mismas.
Por último, a la Junta Vecinal de Puebla de Lillo, dado que es la adjudicataria del aprovechamiento ganadero existente en los terrenos rústicos situados en el Puerto de San Isidro, se la indica que colabore con la Diputación tanto en la elaboración del Plan de carga Ganadera, como en la implantación de un sistema efectivo de cierre ganadero, así como en la retirada de aquellos materiales de antiguos cerramientos en desuso que pudieran hallarse en el lugar.
En definitiva, mediante la Resolución correspondiente, se pretende que las Administraciones implicadas colaboren en la solución de un problema que viene de tiempo atrás, que concierne a todas ellas y que, por tanto, requiere del concurso y colaboración de las tres administraciones.
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