Un leonés avanza con su patinete por Ordoño II. J.M.

Los patinetes eléctricos podrán circular por la avenida Ordoño II, pero no a más de 10 kilómetros por hora

La nueva normativa de la DGT los equipara a los vehículos y prohíbe su paso por aceras y 'zonas peatonales'. El casco histórico es una 'zona de prioridad peatonal', por lo que podrán circular siempre y cuando avancen «a la misma velocidad que los peatones»

Lunes, 11 de enero 2021, 08:30

Los vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes, son considerados desde el pasado 3 de enero vehículos «a todos sus efectos». Se trata de la primera regulación de unos vehículos que han irrumpido con fuerza en las ciudades y que ... forman parte del ecosistema de la movilidad urbana, y que de forma previsible, se ampliará próximamente para regular aspectos como la edad para conducirlos, el uso de casco o de chalecos reflectantes.

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En la actualidad, la nueva norma impide que este medio de transporte sea utilizado para moverse en las aceras o en las zonas peatonales. Una prohibición que en la ciudad de León no afectará al casco antiguo o a calles como Ordoño II, pues estas están consideradas solo como zonas de prioridad peatonal.

Sin embargo, los usuarios de estos vehículos de movilidad personal sí que tendrán algunas limitaciones a la hora de circular por estas vías, tal y como señalan desde el Ayuntamiento de León. El Consistorio aprobó a finales del pasado mes de noviembre un reglamento regulador de este tipo de medio de transporte, en donde señalaban que en los recorridos donde compartieran el trazado con viandantes, el patinete no podrá superar los 10 kilómetros por hora, es decir, adaptarse a la velocidad del peatón.

Otra de las obligaciones en este tipo de situaciones es la de mantener en todo momento más de un metro de distancia, por lo que no podrán hacer uso de estas vías en aquellos momentos donde la densidad de viandantes no permita mantener esos requisitos mínimos.

Sujetos a la Ley de Seguridad Vial

Así mismo, sus conductores estarán sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco podrán llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o de cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.

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Por esta misma razón, sus usuarios podrán ser sancionados en caso de no cumplir con la normativa. Multas que pueden alcanzar los 200 euros en caso de circular por las aceras o de hasta 150 por saltarse una señal de STOP o un Ceda el paso.

Nuevos límites de velocidad en mayo

La DGT también ha apuntado que los nuevos límites de velocidad en vías urbanas entrarán en vigor en el mes de mayo. Así, se limitará a 20 kilómetros por hora la velocidad en vías que dispongan de una plataforma única de calzada y acera, a 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y a 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

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Esta modificación, que se aprobó el pasado 10 de noviembre, no entrará en vigor hasta el 11 de mayo para dar un periodo de tiempo a las administraciones locales a que adapten la señalización y realicen los cambios necesarios que requieren estos límites.

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