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El Ministerio de Sanidad, con el consenso de todas las comunidades, ha recurrido por primera vez a las actuaciones coordinadas para decretar este viernes once medidas de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional, junto con tres recomendaciones y un recordatorio.
Dichas medidas ... afectan a siete ámbitos: el ocio nocturno, la hostelería, los centros sociosanitarios, los eventos multitudinarios, los cribados específicos y el consumo de alcohol y tabaco, tal y como ha especificado el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Las medidas coordinadas son un mecanismo contemplado en el «Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19», aprobado por el Gobierno y las comunidades a mediados de julio, con el que se da un paso más para frenar la expansión del virus cuando las adoptadas por las comunidades no son suficientes.
Si estas actuaciones, que ya decreta Sanidad y no las autonomías, tampoco lograsen frenar la transmisión del virus, el siguiente escenario que contempla el plan es el estado de alarma.
«Hemos decidido adoptar por primera vez en democracia actuaciones coordinadas en materia de salud pública en beneficio de todas las Comunidades Autónomas de España», una figura «ex novo» y cuyo cumplimiento «no es optativo», ha recordado el ministro antes de detallarlas.
-Se adopta el cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.
-Los establecimientos, locales y terrazas deben garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio en barra.
-Se debe garantizar una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de 10 personas.
-El horario de cierre de bares y restaurantes será a la una de la madrugada con imposibilidad de aceptar nuevos clientes a partir de las 00.00.
-Se prohíbe fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia de dos metros. Esta medida se extiende a cualquier dispositivo para fumar (dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas).
-Se deben realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros sociosanitarios de carácter residencial, con 72 horas de antelación como máximo. También a los nuevos empleados y a aquellos que regresen de permisos y vacaciones.
-Se limitan las visitas a una por persona residente extremando las medidas de prevención y con una duración máxima de una hora al día. Se podrían exceptuar en el caso de pacientes al final de sus vidas.
-Se limitan al máximo las salidas de residentes en centros sociosanitarios.
-En los eventos multitudinarios se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria. Cada evento deberá contar con la autorización de la comunidad autónoma.
-Se establece la obligación de hacer cribados con PCR a grupos específicos en caso de que haya un brote epidémico. Por ejemplo en centros sociosanitarios, en barrios, en centros educativos si fuera el caso.
-Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol no autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública (botellones). Se insta a las comunidades y ayuntamientos a aplicar de manera estricta las sanciones acordadas.
- Limitar los eventos sociales a grupos de convivencia estable; es decir, todo lo que sea encuentros con otras personas fuera de ese grupo estable deben limitarse al máximo.
- Limitar los eventos sociales a un máximo de 10 personas.
- En residencias: hacer pruebas PCR de cribado de forma periódica para asegurar que no ha habido ningún trabajador que sea positivo
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