Una señal de prohibido se refleja en un espejo. Sandra Santos

Las nuevas medidas para un León 'confinado'

La decisión del cierre de la capital leonesa para frenar la expansión y la incidencia de la covid-19 tiene nuevas restricciones para los habitantes de la capital que han sido publicadas en el BOE y el Bocyl

I. Santos

León

Lunes, 5 de octubre 2020, 11:26

Los contagios siguen en aumento y las medidas se hacen más duras para luchar contra la covid-19. León tendrá un nuevo 'reglamento' por el que guiarse en los próximos 14 días desde el 'cierre' de la capital.

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Este 'confinamiento' no exige a los ... leoneses quedarse en casa como ocurrió el pasado 14 de marzo tras el decreto oficial del estado de alarma, pero las medidas de ocio y consumo se han endurecido.

Las nuevas normas se dividen en contacto social y aforos de establecimientos y han sido publicadas por el Ministerio de Sanidad y ratificadas por la Junta de Castilla y León a través del Bocyl.

Contacto social

Se restringirá la entrada y salida de personas de la capital, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados. En este sentido, se encuentra permitida la asistencia a centros sanitarios, así como a los centros educativos (universitarios y docentes, incluidas las escuelas de educación infantil) y laborales.

Se podrá entrar en León su es el lugar de residencia habitual. Y también para la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

También se permiten los desplazamientos a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse, así como para la realización de trámites oficiales en organismos públicos. También se podrán desplazar aquellas personas que deban realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

La circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen León será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.

La circulación de personas residentes dentro de la capital será posible, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias.

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Las reuniones de cualquier tipo (excepto por motivos laborales) se reducirán a un máximo de seis personas.

Aforo máximo, distancia y horario.

En los lugares de culto el aforo máximo será de un tercio, garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. En los velatorios el aforo máximo será de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes.

La situación en establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público tendrá un aforo máximo del 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.

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En hostelería y restauración, juegos y apuestas el aforo máximo será del 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores. A su vez, el consumo en barra no estará permitido.

Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas y la ocupación máxima será de seis personas.

Los bares y restaurantes no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

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Finalmente en las instalaciones deportivas el aforo máximo será del 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores. La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

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