El leonesismo, pendiente de una nueva moción.

La moción en la Diputación activa el reloj por la autonomía leonesa

La Constitución establece seis meses para que dos tercios de los ayuntamientos de la provincia, que representen a más del 50% de la población, aprueben el escrito

Domingo, 16 de junio 2024, 09:38

El artículo 143 de la Constitución Española explica el mecanismo para acceder a una autonomía que reconoce el artículo 2 de la Carta Magna. Ahí se explica cómo las provincias limítrofes con características históricas, culturales y economócias comunes, y las provincias con entidad regional histórica, podrán acceder a su autogobierno y contituirse como comunidades autónomas.

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En reiteradas ocasiones, el leonesismo ha apelado a ese artículo para defender su derecho a construir la 18 comunidad autónoma del Estado español y que englobaría a las tres provincias de la región leonesa: León, Zamora y Salamanca.

La futura aprobación del pronunciamiento que la Diputación de León realizará a finales de este mes de junio, con una moción a propuesta de Unión del Pueblo Leonés, pondrá en marcha un reloj y unos plazos que se deberán dar si se quiere lograr que la medida tenga valor y un posible refrendo nacional.

La Constitución marca que la iniciativa del proceso autonómico corresponde a las diputaciones interesadas -en este caso la de León- y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia. Aquí se establecen también los plazos de ese reloj, ya que estos requisitos deben cumplirse en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las corporaciones locales interesadas. La iniciativa, de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.

¿Y luego, qué?

El leonesismo ha mantenido durante años que el Artículo 2 de la Constitución Española recoge su derecho a la autonomía. Así, la Carta Magna expone que ésta «se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas».

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Pero según apunta Nicolás Bartolomé, abogado que ha ahondado en las posibilidades de la autonomía, este artículo «visto desde la doctrina constitucional, más que apoyar la creación de nuevas comunidades viene a garantizar la estabilidad de las existentes».

Sea como fuere, la Carta Magna «no cierra el mapa autonómico», una baza para la que Nicolás Bartolomé añade que «no hace falta tocar una coma de la Constitución, porque se podría hacer a través del Estatuto de Castilla y León». Un punto que, si bien es probable desde la legalidad, «desde lo político parece complicado».

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el procedimiento concreto podría fijarse en la propia Ley Orgánica por la que se apruebe la reforma del Estatuto de Castilla y León, aunque quizá lo más lógico por la complejidad de la situación sería aprobar una Ley Orgánica específica que encaminara dicho proceso al margen de la de reforma de la Comunidad originaria.

«La clave pasaría en una reforma del Estatuto de Autonomía que reflejase esto, para llevarlo después a las Cortes Generales y estas lo refrenden como una Ley Orgánica», mantiene el experto, apoyándose en el artículo 81 de la Constitución.

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