Imagen de archivo.

María Pilar, la mujer que heredó 2.500 euros y una casa por denunciar la muerte de una leonesa sin herederos

Hacienda reconoce que aquellas personas que comuniquen a la Administración el fallecimiento de una persona sin herederos ni testamento podrá cobrar el 10% de la herencia

noelia lópez

Miércoles, 23 de octubre 2019, 11:52

Comunicar a la Administración que una persona ha muerto sin testamento ni herederos tiene «premio» -el 10 % de la herencia- y así se lo ha reconocido Hacienda este año a María Pilar, Juan Manuel y otros «denunciantes», aunque hay quien ha tenido que ... recurrir a la Justicia para reclamar su recompensa.

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Fincas rústicas, viviendas, cuentas bancarias, pólizas de seguros, fondos de inversión... Los bienes reunidos por una persona a lo largo de su vida acaban en manos del Estado cuando no tiene herederos.

Según los datos facilitados a Efe por el Ministerio de Hacienda, el año pasado hubo 56 liquidaciones de herencias de ese tipo por las que el Estado obtuvo 5,6 millones de euros. Por ley, dos terceras partes deben dedicarse a fines de interés social y el tercio restante acaba en una cuenta del Tesoro Público.

También es la ley la que marca que quien «denuncie» uno de esos casos a la Administración se llevará un 10 % de la herencia, una especie de incentivo para que el Estado no pierda ninguna sucesión a la que tenga derecho, pero Hacienda puso pegas al administrador de una comunidad de propietarios, que acabó recurriendo a los tribunales para reclamar su «premio».

El TSJ de Madrid le dio la razón

La ley excluye de esa gratificación a las personas que tengan conocimiento de la muerte de una personas sin herederos legítimos «por razón de su cargo o empleo público», a los responsables de residencias de la tercera edad en la que haya vivido el anciano y al «administrador o representante legal del mismo».

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Pero, según el TSJ, el administrador del inmueble en el que el fallecido tenía arrendado un piso no entra en ninguno de esos supuesto, y tampoco merece el premio la comunidad de propietarios, que no dio ningún paso tras la muerte del vecino.

Los denunciantes son diversos y Hacienda debe primero comprobar fehacientemente que no hay herederos: ni familiares directos ni parientes colaterales hasta el cuarto grado, como primos hermanos.

A través de las delegaciones provinciales, se publica en el BOE el inicio de la declaración de «heredero abintestato» a favor del Estado y también se informa en el tablón de anuncios del municipio en el que residió por última vez el fallecido.

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Otros casos

En la página web en la que Hacienda publicita los expedientes incoados figuran un centenar de casos y el suplemento de notificaciones del BOE da cuenta regularmente de los procesos que van cerrándose, en ocasiones tras complejas pesquisas e impulsados por un denunciante.

En marzo, por ejemplo, se reconoció a María Pilar el «premio» por hacer comunicado la muerte de su cuñada Pilar, que había fallecido en León en 2017, viuda y sin herederos legítimos. En su haber, una vivienda en León y tres cuentas corrientes que sumaban poco más de 2.500 euros.

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No llegaban a 8.000 euros los bienes de Julio, que murió soltero y sin descendencia en una residencia de ancianos sevillana. Había ingresado en ella acompañado de una amiga y del marido de ésta, Juan Manuel, que fue quien informó y quien, según el BOE, recibirá el 10 % de sus bienes.

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