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Imagen de camiones aparcados.
La Junta modifica la orden de restricción de horarios nocturnos para garantizar el servicio a los profesionales del transporte

La Junta modifica la orden de restricción de horarios nocturnos para garantizar el servicio a los profesionales del transporte

La modificación de esta Orden de la Consejería de Sanidad, de 31 de julio, de restricción de horarios (hasta las 01:30 horas y desalojo y cierre a las 2:00 horas), para los establecimientos de hostelería y restauración (también para los de ocio nocturno y locales de juegos y apuestas), excluye a los centros que dan servicio al sector del transporte

Leonoticias

León

Sábado, 1 de agosto 2020, 19:41

La Consejería de Sanidad estableció la ORDEN SAN/737/2020, de 31 de julio -publicada en el BOCYL de este sábado, 1 de agosto-, por la que se adoptan medidas sanitarias preventivas adicionales para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 ... en la Comunidad de Castilla y León, establece en su apartado Primero, 1º, relativo a medidas sanitarias preventivas adicionales a cumplir por los establecimientos de hostelería y restauración así como por las sociedades gastronómicas que los establecimientos de hostelería y restauración previstos en el apartado B.6 del Anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León, podrán desarrollar su actividad, como máximo, hasta las 01:30 horas, tanto en el interior como en terrazas al aire libre, sin que pueda permitirse el acceso de clientes ni expedir consumición alguna desde esa hora, con desalojo y cierre a las 2:00 horas. Esta misma medida será también de aplicación a las sociedades gastronómicas.

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