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El BOE publicaba el martes 5 de marzo el Real Decreto de disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales para el domingo 28 de abril. Se pone fin a la XII Legislatura que había dado comienzo el pasado 19 ... de julio de 2016y durante cuyo transcurso ha habido dos gobiernos presididos por Mariano Rajoy y Pedro Sánchez.
Los principales aspectos a tener en cuenta de cara a las elecciones del 28 de abril de 2019, las terceras en cuatro años, son los siguientes.
¿A quién se elige?
Al igual que en cualquiera de las elecciones legislativas al parlamento español existirán dos urnas: Congreso y Senado. En el caso del primero, se elegirán los 350 diputados que componen la Cámara Baja; respecto al Senado, se decidirá quiénes serán los 208 senadores que compondrán la Cámara Alta junto a los que lo son por designación autonómica (uno por cada comunidad autónoma y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio).
¿Cuántos diputados y senadores se eligen en León?
El Real Decreto de disolución especifica el número de diputados y senadores que se eligen en cada circunscripción electoral. Mientras que en el caso del Senado esta cifra es invariable (4), los diputados responden a criterios demográficos. La pérdida de población en León ha obligado a reducir de 5 a 4 el número de escaños en juego en los comicios el próximo 28 de abril.
¿Cuándo se constituyen las nuevas Cortes Generales?
La fecha no está exenta de polémica. El mismo Real Decreto de disolución incluye -como obliga la norma- el día para constitur las Cámaras. Si bien es cierto que el margen era reducido (la ley da un máximo de 25 días) la elegida, 21 de mayo, será tan solo 5 días antes de las elecciones autonómicas, locales y europeas. Es decir, se negociarán los puestos en la Mesa en plena campaña electoral.
¿Qué sucede con el poder legislativo hasta entonces?
El fin de la XII Legislatura, escenificado en el pleno del 28 de febrero, no significa el cierre de las instituciones. Hasta la constitución de las nuevas Cortes Generales (véase punto anterior) la Diputación Permanente es la encargada de resolver cualquier medida de urgencia. Su composición , aunque reducida, es proporcional al número de diputados que venían ocupando la Cámara.
¿Cuál es el plazo para presentar candidaturas?
La ley establece que las candidaturas definitivas deben ser publicadas en el BOE 28 días después de la convocatoria de la cita electoral. Desde que se efectúa esta última, los partidos tienen entre 15 y 20 días para presentar sus listas ante la Junta Electoral Central. En caso de concurrencia en coalición, esta debe comunicarse en un plazo más reducido, de diez días. Dicho de otra forma: el 15 de marzo es la fecha tope para que los partidos comuniquen sus coaliciones electorales, y el 25 del mismo mes para presentar sus candidaturas. Con el margen para subsanar errores, los nombres definitivos serán publicados en e lBOE el sábado 2 de abril.
Fechas de la campaña electoral
Las fechas que más fácilmente están en mente de todos. Los 15 días oficiales de campaña caerán en plena Semana Santa puesto que arranca el 12 de abril (medianoche de jueves a viernes) y concluirá el viernes 26 de abril dejando el sábado 27 para la reflexión.
¿Y los sondeos?
Probablemente se volverá a debatir sobre la polémica normativa que prohibe publicar encuestas la última semana de la campaña electoral. Es decir, a partir del 23 de abril está prohibida la publicación de cualquier sondeo.
Los plazos para solicitar el voto por correo
La LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General) establece que el voto por correo se puede solicitar desde el mismo día de publicación de la convocatoria de elecciones (5 de marzo) hasta el décimo día anterior a la votación (18 de abril). Respecto al ejercicio del voto (por correo) se establece el periodo comprendido entre el trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria y antes del sexto día anterior al de la votación: del 8 al 21 de abril.
¿Y desde el extranjero?
Los electores españoles inscritos en el censo de ausentes residentes (CERA) deberán solicitar expresamente la documentación a la Oficina provincial correspondiente. Es el llamado 'voto rogado' y sus plazos son más ajustados. Éste concluye a los 25 días de la convocatoria de elecciones, es decir, el 30 de marzo. Se puede ejercer el derecho a voto a través del consulado. Si lo hace por corrreo, antes del quinto día anterior a la elección; de forma presencial, entre el cuarto y el segundo día. Por tres días -fue retirado del orden del día la votación de sus supresión el pasado 1 de marzo- casi dos millones de españoles residentes en el extranjero deberán de realizar este engorroso trámite por partida doble si quien participar en las elecciones generales y posteriormente en las autonómicas y locales.
¿Cuándo se conocen los resultados definitivos?
Aunque el reparto de escaños ha sido prácticamente invariable en su historia, los resultados del 28 de abril son provisionales con un escrutinio aproximado del 99%. Entre el 1 y 4 de mayo se sumarán los votos emitidos por parte de los inscritos en la CERA (veáse punto anterior) para que ya entre el 5 y 13 de mayo tenga la proclamación definitiva de los resultados en las distintas juntas electorales provinciales. Es el momento a partir del cual los diputados y senadores pueden acudir a recoger sus actas de cara al acto constitutivo que tendrá lugar, como se expuso anteriormente, el 21 de mayo.
¿Cuándo es el sorteo para estar en una mesa electoral?
El sorteo para la composición de las mesas electorales es público y tendrá lugar entre el 29 de marzo y el 2 de abril. Esta formación es potestad de los ayuntamientos con la supervisión de las juntas provinciales teniedo un plazo de tres días para efectuar la comunicación a los elegidos. Las Mesas electorales están compuestas por un presidente y dos vocales, cada uno de ellos con un suplente.
Derechos y obligaciones de ser elegido para acudir a la mesa electoral
De la misma forma que se debe documentar en un plazo de siete días la imposibilidad para estar en una mesa electoral, también existen una serie de compensaciones: permiso retribuido de ese día (si coincidiera en laborable) y una reducción de cinco horas la jornada siguiente, sin que nada de ello sea descontado del sueldo así como una dieta de aproximadamente 63,24 euros.
La jornada de votación
Como cualquier otra cita electoral, el próximo 28 de abril los colegios electorales permanecerán abiertos desde las 9 de la mañana hasta las 20h de la noche. Para poder depositar el voto en el colegio electoral asignado (la Oficina del Censo Electoral envía la tarjeta censal en base a los datos de que dispone) habrá que mostrar el DNI, pasaporte o permiso de conducir. Habrá dos urnas, Congreso y Senado, por lo que se introducirá una papeleta diferente en cada una de ellas.
¿Cuándo voy a votar si estoy trabajando?
Los trabajadores disponen en su horario laboral de hasta cuatro horas libres (retribuidas) para el ejercicio de su derecho a voto.
Las papeletas
Mientras que la papeleta del Congreso ofrece menos dudas -son listas cerradas y se introduce la del partido elegido en el sobre correspondiente-, la del Senado suele prestarse a dudas. Los electores pueden marcar con una cruz que aparece a la izquierda de los candidatos -indistintamente de que sean de diferentes partidos- hasta tres nombres (dos en Ceuta y Melilla; uno en las islas). Todo ello independientemente de aquellos que optan por el voto blanco, nulo o directamente deciden abstenerse.
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