Secciones
Servicios
Destacamos
Cuatro años de prisión por utilizar un poder general en beneficio propio cuando la persona que se lo otorgó había fallecido. El acusado se sentará en el banquillo de la Audiencia Provincial de León los días 13 y 14 de marzo a partir de las ... 9:30 horas por un delito de estafa.
El acusado JSB tenía cierta amistad con la víctima quien le había otorgado un poder general a favor del acusado en escritura pública el 15 de junio de 2018. Cuando la víctima murió, en enero de 2019, el acusado, que había estado en el entierro, comenzó a urdir su estafa.
JSB con ánimo de enriquecerse de forma ilícita y siendo conocedor de que el poder general se había extinguido el mismo día de la muerte de la víctima.
En abril de 2019 se personó en una notaría de la capital leonesa utilizando el poder general antes mencionado y ocultando el fallecimiento de ABB ya que el acusado manifestó al notario que no había variado la capacidad ni el estado civil del poderdante. El acusado entregó una escritura pública en la cual se recogía que, tras un préstamo realizado por él a la víctima, ahora se reconocía una deuda con el acusado de 47.621 euros. Como pago se entregaba una finca, situada en León, cuyo valor era de 132.000 euros.
El acusado no ha logrado acreditar que tal préstamo y la posterior deuda fuesen reales ni que ABB lo quisiera liquidar con la propiedad de la finca. Por todo ello, la reseñada escritura de dación en pago ha sido anulada por sentencia firme en 2019.
Pero no quedó en ese acto la estafa, el acusado utilizando el poder general otorgado a su favor y después del fallecimiento del poderdante y ocultando el su fallecimiento llevó a cabo varias disposiciones en dos entidades bancarias sacando de una de las cuentas para su beneficio 27.700 euros y de la otra un total de 34.690 euros.
En total, el acusado obtuvo de forma ilícita utilizando el poder general la suma de 62.390 euros.
El fiscal del caso, que se celebrará los días 13 y 14 de marzo en la Audiencia Provincial de León, considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de estafa.
Por ello, pide imponer al acusado la pena de cuatro años de prisión y diez meses de multa con una cuota diaria de diez euros y la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que resulten impagadas.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.